Resolución de Jefatura de Unidad de Administración N.° 063-2018-INABIF/UA

4 de abril de 2018

Declarar la NULIDAD del acto administrativo contenido en la Carta N°058-2018/INABIF.UA.SUPH, emitida por la Sub Unidad de Potencial Humano, informó a la peticionante que su pedido deviene en improcedente, en mérito del pronunciamiento emitido por el Órgano de Control Institucional, en el sentido que el D.Ley N°20530 no establece el pago por el Subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio a la muerte de un pensionista o de familiar directo.

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