Resolución de Jefatura de Unidad de Administración N.° 253-2017-INABIF/UA

29 de diciembre de 2017

RUA_253

Artículo 1°.- RECONOCER, la obligación pendiente de pago, a favor de los señores Mario Rene Lopez Cacallaca, el importe de S/ 15,076.00 (Quince Mil Setenta y Seis con 80/110 Soles); Luis Carlos Parizapana, el importe de S/. 8,417.40 (Ocho Mil Cuatrocientos Diecisiete con 40/100); Panificados Industriales E.I.R.L el importe de S/. 1969.00 (Mil Novecientos Sesenta y Nueve) y Telefónica del Peru S.A.A el importe de S/. 310.85 que suman un total de S/. 25,773.85 (Veinticinco Mil Setecientos Setenta y Tres con 85/100 Soles), por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

Artículo 2°.- DISPONER, que el egreso se afectara a la especifica del gasto descrita en el Certificado de Crédito Presupuestario N°1321, aprobado por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF.

Artículo 3°.- ENCARGAR, a la Sub Unidad Financiera el cumplimiento de la presente Resolución, conforme a Ley y en atención a lo requerido por la empresa PERUVIAN AIR LINES S.A.C.

Artículo 4°.- DISPONER, que a través de la Sub Unidad de Logística se remita copia de la presente resolución y sus antecedentes a la Secretaria Técnica de los órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del INABIF, para el deslinde de responsabilidades al que hubiere lugar, respecto de los servidores y/o funcionarios cuya conducta pudiese haber tenido injerencia en los hechos descritos en la presente resolución y que originaran la presente situación excepcional de reconocimiento.

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