Resolución de Jefatura de Unidad de Administración N.° 235-2016-INABIF/UA

22 de diciembre de 2016

Artículo 1°.- DEJAR SIN EFECTO, la resolución de la Unidad de Administración N°135 del 15 de Setiembre del 2016, por haberse detectado diferencias en el valor neto de los bienes muebles dados de baja, en merito a lo informado por el Coordinador de la Sub Unidad de Financiera de la Unidad de Administración, mediante Nota Informativa N°308-2016/INABIF-UA-SUF de fecha 15 de setiembre del 2016.

Artículo 2°.- APROBAR, la baja del patrimonio físico y contable del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, de Treinta y Dos (32) bienes muebles por la causal de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE, con un valor ajustado de S/. 4,436.85 (Cuatro Mil Cuatrocientos Treinta y Seis con 85/100 soles) y un valor neto de S/.3,233.26 (Tres Mil Doscientos Treinta y Tres con 26/100 Soles), cuya relación, características y especificaciones técnicas se encuentran detalladas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3°.- APROBAR, la baja del patrimonio físico y contable del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, de Cuatrocientos Treinta y Nueve (439) bienes muebles, por la causal de Mantenimiento o Reparación Onerosa con un Valor Ajustado de S/. 11,357.68 (Once Mil Trecientos Cincuenta y Siete con 68/100 soles) y un Valor Neto de S/. 10,027.33 (Diez Mil Veintisiete con 33 /100 soles), cuya relación, características y especificaciones técnicas se encuentran detalladas en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 4°.- AUTORIZAR, a la Sub Unidad de Logística, a la Sub Unidad Financiera y CEDIF San Judas Tadeo – Villa el Salvador, para realizar las acciones administrativas correspondientes.

Artículo 5°.- DISPONER, que a través del Área de Control Patrimonial de la Sub Unidad de Logística, se remita copia de la presente resolución y la documentación correspondiente a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales para los fines de ley y dentro de los diez (10) días hábiles de emitida la presente resolución.