Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 39-2012-INABIF/DE

9 de febrero de 2012

Establecer que las horas que se dejarán de trabajar en los días no laborables a los que se refiere el Decreto Supremo N° 099-2011-PCM, se compensarán extendiendo por una hora el horario de salida, los días laborables señalados a continuación.

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rde_39

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