Resolución de la Unidad de Administración N.° 000004-2026-INABIF/UA

APROBAR, el otorgamiento de doce (12) fondos bajo la modalidad de Encargos a personal de la institución (Encargos Internos) para la compra de alimentos

14 de enero de 2026

Artículo 1º.- APROBAR, el otorgamiento de doce (12) fondos bajo la modalidad de Encargos a personal de la institución (Encargos Internos) para la compra de alimentos descritos en el Informe N° 000004-2026-INABIF/UDIF para el periodo estimado de 35 días destinados a 446 personas adultas mayores usuarios/as de doce (12) CEDIF de Lima de la Unidad de Desarrollo Integral de las Familias; en mérito a lo justificado en la parte considerativa de la presente Resolución; con cargo al Presupuesto Institucional del Ejercicio 2026, fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios y en el clasificador de gasto que se detalla a continuación, en cumplimiento de los objetivos y metas de la citada Unidad de Línea.
Artículo 2º.- DISPONER, que el monto de cada Encargo Interno aprobado en el artículo precedente será ejecutado por el personal designado.
Artículo 3º.- PRECISAR, que todo gasto debe ser sustentado de conformidad con lo señalado en la Resolución de Superintendencia de Administración Tributaria Nº 007-99/SUNAT - Reglamento de Comprobantes de Pago, y sus modificatorias/ complementarias, tales como Facturas, Boletas de Venta y otros como la Declaración Jurada en aplicación al artículo 71º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 y modificatorias/complementarias. Adicionalmente, los documentos referidos en el presente numeral deben contar con los siguientes requisitos:
  • Debe ser emitido a nombre del Programa Integral Nacional para Bienestar Familiar – INABIF, RUC N° 20507920722.
  • Ser original y con información clara y legible, que permita comprobar la razonabilidad del gasto.
  • Consignar en el comprobante de pago la firma y sello del responsable de la adquisición del bien, servicio u otro, en señal de conformidad.
  • El comprobante de pago, debe contar con el sello de “Pagado” y el nombre de la dependencia que ejecutó el gasto.
Artículo 4º.- ENCARGAR, al/a la responsable que tiene a cargo la ejecución del Encargo Interno, a verificar si es que corresponde, que los proveedores se encuentren inscritos en el Registro Único de Contribuyentes - RUC presentando su condición de ACTIVO ante la SUNAT; en tal sentido, consultará la autenticidad de los datos consignados en los comprobantes de pago, en la página web www.sunat.gob.pe, para lo cual utilizará los medios idóneos a su alcance, siendo responsable si por efecto de acciones de control se detecten a proveedores que no se encuentren autorizados a emitir los citados Comprobantes de Pago.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de la Unidad de Administración

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