Resolución de Jefatura de Unidad de Administración N.° RUA -284-2021-INABIF/UA
RECTIFICACION DE ERROR MATERIAL EN RESOLUCION
30 de setiembre de 2021
RECTIFICAR, el error material contenido en el artículo 4° de la Resolución de la Unidad de Administración N° 245 de fecha 31 de agosto de 2021, en el siguiente sentido: Dice: “ENCARGAR, al/a la responsable que tiene a cargo la ejecución de cada Encargo Interno, a verificar cuando corresponda, que los proveedores se encuentren inscritos en el Registro Único de Contribuyentes - RUC presentando su condición de ACTIVO ante la SUNAT; en tal sentido, consultará la autenticidad de los datos consignados en los comprobantes de pago, en la página Web www.sunat.gob.pe, para lo cual utilizará los medios idóneos a su alcance, siendo responsable si por efecto de acciones de control se detecten a proveedores que no se encuentren autorizados a emitir los citados Comprobantes de Pago. Los proveedores sin excepción deberán presentar en los procesos de adquisición una Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitados para contratar con el Estado”. Debe decir: “ENCARGAR, al/a la responsable que tiene a cargo la ejecución de cada Encargo Interno, a verificar cuando corresponda, que los proveedores se encuentren inscritos en el Registro Único de Contribuyentes - RUC presentando su condición de ACTIVO ante la SUNAT; en tal sentido, consultará la autenticidad de los datos consignados en los comprobantes de pago, en la página Web www.sunat.gob.pe, para lo cual utilizará los medios idóneos a su alcance, siendo responsable si por efecto de acciones de control se detecten a proveedores que no se encuentren autorizados a emitir los citados Comprobantes de Pago.