Contrato N.° 36-IGP/2025

10 de julio de 2025

CLAUSULA TERCERA.- JUSTIFICACIÓN DE MODIFICACIÓN DE LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS
Mediante Carta 00001-2025-IGP/JI-DCTS-AAMP (Exp. 11213-2025), el servidor CAS Mercado
Paredes Arturo Anibal, ha solicitado la ampliación de su desplazamiento, por el periodo comprendido
del 01 de julio al 31 de diciembre de 2025 a la sede del IGP ubicada en la ciudad de Arequipa
(Asentamiento Humano José María Arguedas Zona A Mz. D Lt. 08 - Sachaca - Arequipa - Perú), el
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mismo que fue otorgado a través de Adenda CAS 056-2019 con Correlativo Nº 006-URH-IGP/2025 de
fecha 28.01.2025.
Mediante Nota Informativa N° 00018-2025-IGP/JI-DCTS, el Director de la Dirección en Ciencias de la
Tierra Solida, aprueba la solicitud de ampliación de desplazamiento del servidor CAS Mercado
Paredes Arturo Anibal, a la sede del IGP ubicada en la ciudad de Arequipa (Asentamiento Humano
José María Arguedas Zona A Mz. D Lt. 08 - Sachaca - Arequipa - Perú), por el periodo comprendido del
01 de julio al 31 de diciembre de 2025, lo que fue aprobado por la Jefatura Institucional, y ratificado por
la Gerencia General y la Oficina de Asesoría Jurídica a través de los Proveídos N° 00429-2025-IGP/JI,
N° 01036-2025-IGP/GG y N° 00940-2025-IGP/GG-OA, respectivamente.
LA ENTIDAD y El/LA TRABAJADOR/A declaran que la presente modificación no afecta la naturaleza
del vínculo laboral, ni los derechos, beneficios, categoría y demás condiciones de El/LA
TRABAJADOR/A.
La presente modificación del lugar de la prestación de servicios, tendrá eficacia anticipada a partir del 01 de julio de 2025 y culminara el 30 de septiembre de 2025, con la posibilidad de ampliar su vigencia. A favor de MERCADO PAREDES ARTURO ANIBAL

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Adendas CAS

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