Resolución de Gerencia General N.° 35-IGP/2025

2 de junio de 2025

ARTÍCULO PRIMERO. - IMPONER LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA DISCIPLINARIA DE DESTITUCIÓN al servidor AUGUSTO HUGO CÁRDENAS AUSEJO, contratado bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 1057, identificado con DNI N° 10713516, por haber incurrido en la comisión de la falta administrativa disciplinaria tipificada en el literal j) del artículo 85 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTICULO SEGUNDO. - DISPONER, que de conformidad con la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, el servidor infractor AUGUSTO HUGO CÁRDENAS AUSEJO, tiene su derecho fundamental a la contradicción mediante los Recursos Administrativos, contra la presente Resolución, dentro de los 15 días hábiles siguientes de su notificación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 117° del Reglamento de la Ley del Servicio Civil aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM. Los recursos administrativos se presentan ante la autoridad que emitió el presente acto (Gerencia General). La Reconsideración (Artículo 118 del Reglamento) lo resuelve la misma autoridad que expidió el presente Acto (Órgano Sancionador – Gerencia General). La autoridad que resuelve el recurso de apelación es el Tribunal Del Servicio Civil (Artículo 118 del Reglamento), respectivamente.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos insertar, una copia de la presente Resolución como constancia en el Legajo del servidor AUGUSTO HUGO CÁRDENAS AUSEJO, en el rubro de deméritos. Asimismo, se proceda a la inscripción de la sanción impuesta en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles - RNSSC, conforme a lo establecido el artículo 98 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; y las demás acciones administrativas que se desprenden de lo dispuesto en el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario, proceda a notificar al servidor infractor AUGUSTO HUGO CÁRDENAS AUSEJO, la presente Resolución, para el ejercicio constitucional de su derecho de defensa, notificación que deberá ceñirse a lo dispuesto en los Artículos 18, 19, 20, 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Gerencia General en el Portal Institucional del Instituto Geofísico del Perú www.gob.pe/igp.

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