Contrato N.° 31-IGP/2025

26 de junio de 2025

CLÁUSULA TERCERA.- MODIFICACIÓN DE LAS CLÁUSULAS TERCERA,SEXTA,
OCTAVA Y DECIMOQUINTA DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS – CAS
N° 010-URH-IGP/2025, RESPECTO A LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Conforme lo expuesto en la cláusula precedente, corresponde modificar el lugar (área)
donde EL/LA TRABAJADOR/A prestará sus servicios: siendo así, se actualiza las
Cláusulas Tercera, Sexta, Octava y Decimoquinta del Contrato Administrativo de Servicios
– CAS N° 010-URH-IGP/2025, en los siguientes términos:
CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO
EL/LA TRABAJADOR/A Y LA ENTIDAD suscriben el presente Contrato a fin de que
el primero se desempeñe de forma individual y subordinado como Asistente de
Investigación en Vulcanología – Sismología para la Dirección en Ciencias de la Tierra
Sólida del Instituto Geofísico del Perú, desarrollando las siguientes funciones:
(...)
CLÁUSULA SEXTA: HORAS DE SERVICIOS SEMANALES-JORNADA DE
TRABAJO
(...)
La responsabilidad del cumplimiento de lo señalado en la presente cláusula será de
cargo del Jefe inmediato, bajo supervisión de la Dirección en Ciencias de la Tierra
Sólida.
CLÁUSULA OCTAVA: LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
EL/LA TRABAJADOR/A, prestará los servicios objeto del contrato para la Dirección
en Ciencias de la Tierra Sólida del Instituto Geofísico de Perú, en la Sede del IGP ubicada en el Asentamiento Humano José María Arguedas Mza. D Lte. 8, distrito de Sachaca, Provincia y Departamento de Arequipa. La Entidad podrá disponer la prestación de servicios fuera del lugar designado de acuerdo con las necesidades de
servicio definidas por LA ENTIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
LA ENTIDAD en el ejercicio de su poder de dirección sobre EL/LA TRABAJADOR/A,
supervisará la ejecución del servicio materia del presente Contrato, encontrándose facultado a exigir a EL/LA TRABAJADOR/A la aplicación y cumplimiento de los términos del presente contrato. Asimismo, estará bajo la supervisión de la Dirección en Ciencias de la Tierra Sólida del Instituto Geofísico del Perú. A favor de CCALLATA PACSI BETO EVANGELIO

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Adendas CAS

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