Resolución de Presidencia N.° 47-IGP/2025

28 de febrero de 2025

Artículo 1.- Aprobar la Prestación Adicional de Obra N° 02 y Presupuesto Deductivo Vinculante N° 02 del Contrato N° 027-2024/IGP para la ejecución de la obra: “Mejoramiento del Servicio de Laboratorio Nacional de Instrumentación Base en Gestión de Riesgos y Desastres causados por Sismos, Tsunamis, Fallas Activas y Geodinámica de Superficie” para el Componente 2 del Proyecto, por el monto de S/ 135,231.75 (Ciento treinta y cinco mil doscientos treinta y uno con 75/100 soles) incluyendo I.G.V. con una incidencia de 1.529% con respecto al presupuesto contractual, de acuerdo al siguiente detalle:

- El monto del Adicional de Obra Nº 02 asciende a la suma de S/ 524,666.65 soles (quinientos veinticuatro mil seiscientos sesenta y seis con 65/100 soles) incluyendo I.G.V. con una incidencia de 5.931% respecto al presupuesto contractual.
- El monto del Deductivo Vinculante Nº 02 asciende a la suma de S/ 389,434.90 soles (trescientos ochenta y nueve mil cuatrocientos treinta y cuatro con 90/100 soles) incluyendo I.G.V. con una incidencia de 4.402% con respecto al presupuesto contractual.
- El monto neto del Adicional de Obra Nº 02 asciende a la suma de S/ 135,231.75 soles (ciento treinta y cinco mil doscientos treinta y uno con 75/100 soles) incluyendo I.G.V. con una incidencia de 1.529% con respecto al presupuesto contractual.
Artículo 2.- El gasto que demande la ejecución de la Prestación Adicional de Obra N° 02 y Presupuesto Deductivo Vinculante N° 02 del Contrato N° 027-2024/IGP aprobada mediante el Artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia, se efectuará con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario - Nota N° 0000000001, ampliada con fecha de 21 de febrero de 2025, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Geofísico del Perú.
Artículo 3.- Disponer que con motivo de la aprobación de la Prestación Adicional de Obra N° 02 y Presupuesto Deductivo Vinculante N° 02 el nuevo monto del Contrato N° 027-2024/IGP asciende a S/ 9,069,612.16 de acuerdo al informe del área técnica del IGP, debiendo la empresa CASA EJECUTORES S.A.C. ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento en el plazo máximo de ocho (8) días hábiles de notificada la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 205.15 del artículo 205 del Reglamento.
Artículo 4.- El personal profesional de ingeniería que ha intervenido en la revisión, análisis y cálculo técnico de los documentos que componen el expediente de la Prestación Adicional de Obra N° 02 y Presupuesto Deductivo Vinculante N° 02, es responsable de la veracidad y del contenido de los Informes que sustentan su aprobación.
Artículo 5.- Notificar la presente Resolución de Presidencia a la empresa CASA EJECUTORES S.A.C. en su calidad de ejecutor de la obra: “Mejoramiento del Servicio de Laboratorio Nacional de Instrumentación Base en Gestión de Riesgos y Desastres causados por Sismos, Tsunamis, Fallas Activas y Geodinámica de Superficie” para el Componente 2 del Proyecto.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución de Presidencia al señor Segundo César González Sánchez en su calidad de supervisor de la obra: “Mejoramiento del Servicio de Laboratorio Nacional de Instrumentación Base en Gestión de Riesgos y Desastres causados por Sismos, Tsunamis, Fallas Activas y Geodinámica de Superficie” para el Componente 2 del Proyecto.
Artículo 7.- Disponer que la Oficina de Administración y sus dependencias, en el marco de sus competencias y funciones, dispongan lo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Presidencia.
Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Web Institucional del Instituto Geofísico del Perú www.gob.pe/igp.

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