Resolución de Presidencia N.° 39-IGP/2025
21 de febrero de 2025
Artículo 1.- Aprobar la Prestación Adicional de Obra N° 01 y Presupuesto Deductivo Vinculante N° 01 del Contrato N° 027-2024/IGP para la ejecución de la obra: “Mejoramiento del Servicio de Laboratorio Nacional de Instrumentación Base en Gestión de Riesgos y Desastres causados por Sismos, Tsunamis, Fallas Activas y Geodinámica de Superficie” para el Componente 2 del Proyecto, por el monto de S/ 87,989.82 soles (ochenta y siete mil novecientos ochenta y nueve con 82/100 soles) incluyendo I.G.V. con una incidencia de 0.994% con respecto al presupuesto contractual, de acuerdo al siguiente detalle:
- El monto de la prestación Adicional de Obra Nº 01 asciende a la suma de S/ 294,972.69 soles (doscientos noventa y cuatro mil novecientos setenta y dos con 69/100 soles) incluyendo I.G.V. con una incidencia de 3.334% respecto al presupuesto contractual.
- El monto del Presupuesto Deductivo Vinculante Nº 01 asciende a la suma de S/ 206,982.87 soles (doscientos seis mil novecientos ochenta y dos con 87/100 soles) incluyendo I.G.V. con una incidencia de 2.340% con respecto al presupuesto contractual.
- El monto neto del Adicional de Obra Nº 01 asciende a la suma de S/ 87,989.82 soles (ochenta y siete mil novecientos ochenta y nueve con 82/100 soles) incluyendo I.G.V. con una incidencia de 0.994% con respecto al presupuesto contractual.
Artículo 2.- El gasto que demande la ejecución de la Prestación Adicional de Obra N° 01 y Presupuesto Deductivo Vinculante N° 01 del Contrato N° 027-2024/IGP aprobada mediante el Artículo 1 de la presente Resolución de Presidencia, se efectuará con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario - Nota N° 0000000001, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Geofísico del Perú.
Artículo 3.- Disponer que con motivo de la aprobación de la Prestación Adicional de Obra N° 01 y Presupuesto Deductivo Vinculante N° 01 materia del Contrato N° 027-2024/IGP, la empresa CASA EJECUTORES S.A.C. deberá ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 205.15 del artículo 205 del Reglamento.
Artículo 4.- El personal profesional de ingeniería que ha intervenido en la revisión, análisis y cálculo técnico de los documentos que componen el expediente de la Prestación Adicional de Obra N° 01 y Presupuesto Deductivo Vinculante N° 01, es responsable de la veracidad y del contenido de los Informes que sustentan su aprobación.
Artículo 5.- Notificar la presente Resolución de Presidencia a la empresa CASA EJECUTORES S.A.C. en su calidad de ejecutor de la obra: “Mejoramiento del Servicio de Laboratorio Nacional de Instrumentación Base en Gestión de Riesgos y Desastres causados por Sismos, Tsunamis, Fallas Activas y Geodinámica de Superficie” para el Componente 2 del Proyecto.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución de Presidencia al señor Segundo César González Sánchez en su calidad de supervisor de la obra: “Mejoramiento del Servicio de Laboratorio Nacional de Instrumentación Base en Gestión de Riesgos y Desastres causados por Sismos, Tsunamis, Fallas Activas y Geodinámica de Superficie” para el Componente 2 del Proyecto.
Artículo 7.- Disponer que la Oficina de Administración y sus dependencias, en el marco de sus competencias y funciones, dispongan lo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Presidencia.
Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Web Institucional del Instituto Geofísico del Perú www.gob.pe/igp.