Resolución de Presidencia N.° 90-IGP/2023
16 de junio de 2023
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en calidad de comisión de servicios, del servidor Danny Eddy Scipión Castillo para participar, en representación del Instituto Geofísico del Perú, en el CEDAR Workshop 2023, evento organizado por UCAR Cooperative Programs for the Advancement of Earth System Science (CPAESS), que se llevará a cabo en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos, desde el 25 al 30 de junio de 2023.
Artículo 2.- Encargar desde el 25 al 30 de junio de 2023, las funciones del Radio Observatorio de Jicamarca y de la Subdirección de Geofísica & Sociedad, según el siguiente detalle y en tanto dure la ausencia del señor Danny Eddy Scipión Castillo:
− Radio Observatorio de Jicamarca al doctor René Esteban Arredondo.
− Subdirección de Geofísica & Sociedad al ingeniero Juan Carlos Gómez Ávalos.
Artículo 3.- La presente autorización de viaje, en calidad de comisión de servicios, no irrogará gasto al Estado, ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera que fuesen su denominación o clase a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.
Artículo 4.- El trabajador, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, en calidad de comisión de servicios, deberá presentar un informe detallado y documentado, bajo responsabilidad, al Despacho de la Presidencia Ejecutiva, describiendo las acciones realizadas durante el viaje autorizado; asimismo, precisará cómo se beneficiará el Instituto Geofísico del Perú y el compromiso concreto que asume el trabajador para tal fin; en concordancia con la Directiva N° 001-2019-IGP/GG-OAJ: Autorización para la participación del personal en eventos académicos internacionales fuera del territorio nacional, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 015-IGP/2019.
Artículo 5.- Disponer que el Director o Jefe que autorizó la comisión de servicios, informe de acuerdo a lo resuelto en el artículo 3, al despacho de la Presidencia Ejecutiva del IGP, dentro de los 5 (cinco) días calendario de vencido el plazo para presentar el informe de actividades y ante la omisión de dicha presentación, en estricto cumplimiento de lo establecido en la Directiva N° 001-2019-IGP/GG-OAJ, bajo responsabilidad, de conformidad con los artículos 98 y 108 del Reglamento Interno de Trabajo del Instituto Geofísico del Perú, los cuales establecen las obligaciones de los trabajadores y las faltas que determinan la aplicación de la sanción disciplinaria, respectivamente.
Artículo 6.- Notifíquese la presente Resolución de Presidencia al interesado para su conocimiento y fines.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Portal Web Institucional del Instituto Geofísico del Perú www.gob.pe/igp.