Resolución de Presidencia N.° 10-IGP/2023

16 de enero de 2023

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en calidad de comisión de servicios, a la Ing. Evelyn Rosbet Arapa Calapuja, a la Universidad de Nariño, Colombia, para participar en el: “Workshop Discovering the great Patascoy, an unknown Holocene Volcano”, desde el 16 al 27 de enero del 2023
Artículo 2.- La presente autorización de viaje, en calidad de comisión de servicios, no irrogará gasto al Estado, ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera que fuese su denominación o clase a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza.
Artículo 3.- El trabajador, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, en calidad de comisión de servicios, deberá presentar un informe detallado y documentado, bajo responsabilidad, al Despacho de la Presidencia Ejecutiva, describiendo las acciones realizadas durante el viaje autorizado; asimismo, precisará cómo se beneficiará el Instituto Geofísico del Perú y el compromiso concreto que asume el trabajador para tal fin; en concordancia con la Directiva N° 001-2019-IGP/GG-OAJ: Autorización para la participación del personal en eventos académicos internacionales fuera del territorio nacional, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 015-IGP/2019 y con el Modelo de Gestión del Conocimiento del Instituto Geofísico del Perú 2018 – 2020, aprobado mediante Resolución de Presidencia N°052-IGP/2018.
Artículo 4.- Disponer que el Director o Jefe que autorizó la comisión de servicios, informe de acuerdo a lo resuelto en el artículo 4, al despacho de la Presidencia Ejecutiva del IGP, dentro de los 5 (cinco) días calendario de vencido el plazo para presentar el informe de actividades y ante la omisión de dicha presentación, en estricto cumplimiento de lo establecido en la Directiva N°001-2019-IGP/GG-OAJ, bajo responsabilidad, de conformidad con los artículos 98 y 108 del Reglamento Interno de Trabajo del Instituto Geofísico del Perú, los cuales establecen las obligaciones de los trabajadores y las faltas que determinan la aplicación de la sanción disciplinaria, respectivamente.
Artículo 5.- Notifíquese la presente Resolución de Presidencia a los interesados para su conocimiento y fines.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Portal Institucional del Instituto Geofísico del Perú (www.gob.pe/igp)

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