Resolución de Presidencia N.° 000265-IGP/2018

31 de diciembre de 2018

Artículo Primero.- Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2019 del Pliego 112 – Instituto Geofísico del Perú, de acuerdo a lo siguiente:
Categoría del Gasto En Soles
Gastos Corrientes 23 877 401
Gastos de Capital 9 303 501
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Total 33 180 902
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El desagregado del Gasto, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/ Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto y Fuente de Financiamiento, se detalla en el Anexo 2 “Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos”, el cual ha sido proporcionado por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, con Oficio Circular N°015-2018-EF/50.03, y forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los recursos que financian el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 112 – Instituto Geofísico del Perú, aprobado en el artículo precedente, se estiman por Fuentes de Financiamiento, de acuerdo a lo siguiente:
Fuente de Financiamiento En Soles
Recursos Ordinarios 30 153 671
Recursos Directamente Recaudados 508 987
Donaciones y Transferencias 2 518 244
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Total 33 180 902
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El desagregado de los Ingresos por la Fuentes arriba señaladas, salvo los de Recursos Ordinarios a nivel de Especifica de Ingreso por cada Fuente de Financiamiento se detalla en el Anexo 1 “Presupuesto Institucional de Apertura de los Ingresos por Partidas”, el cual ha sido proporcionado por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, con Oficio Circular N°015-2018-EF/50.03, el mismo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- Aprobar la Estructura Programática y la Estructura Funcional, correspondiente al Año Fiscal 2019, conforme se detalla en el Anexo 3 “Estructura Programática” y Anexo 4 “Estructura Funcional”, el cual ha sido proporcionado por la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, con Oficio Circular N°015-2018-EF/50.03, y que forma parte de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- La Oficina de Presupuesto de la entidad, es responsable del seguimiento y control del proceso presupuestario, teniendo en cuenta el desagregado de los Gastos e Ingresos, establecidos en el Artículo Primero y el Artículo Segundo, de la presente resolución.
Artículo Quinto.- Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31° del Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto.

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