Resolución de Presidencia N° 00025-IGP/2018
31 de enero de 2018
PE
ITUTO
lsrco
PERU
ARTÍCULO PRIMERO.- Designar al Grupo de Trabajo que se encargará de elaborar el
proyecto de norma legal que establezca y apruebe las especificaciones técnicas, sistemas de conexión y
transmisión de datos de las estaciones acelerométricas, la supervisión encargada al IGP; y, otros
necesarios para la adecuada aplicación del Capitulo 9 sobre "Instrumentación" de la Norma Técnica E.030
"Diseño Sismorresistente" del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por Decreto Supremo N°
011-2006-VIVIENDA, modificada con Decreto Supremo N° 002-2014-VIVIENDA y Decreto Supremo N°
003-2016-VIVIENDA; siendo la conformación del mismo:
El Director Científico, quien lo presidirá.
El Director de la Subdirección de Redes Geofísicas, quien actuará como Secretario
Técnico.
El Director de la Subdirección de Ciencias de la Tierra Solida.
El Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
— El Jefe del Oficina de Tecnología de la Información y Datos Geofísicos.
El Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Para la elaboración, del proyecto de norma legal que establezca
y apruebe las especificaciones técnicas, sistemas de conexión y transmisión de datos de las estaciones
acelerométricas, la supervisión encargada al IGP; y, otros necesarios para la adecuada aplicación del
Capítulo 9 sobre "Instrumentación" de la Norma Técnica E.030 "Diseño Sismorresistente" del Reglamento
Nacional de Edificaciones, aprobada por Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, modificada con
Decreto Supremo N° 002-2014-VIVIENDA y Decreto Supremo N° 003-2016-VIVIENDA, el Grupo de
Trabajo tendrá un plazo de hasta 60 días calendarios debiendo dentro del mismo, presentar el aludido
proyecto de norma legal mediante un informe técnico a la Presidencia Ejecutiva.