Resolución de Presidencia N.° 00029-IGP/2017

15 de febrero de 2017

DECLARAR IMPROCEDENTE el pedido de diferir el inicio del plazo contractual solicitado por la empresa Infraestructuras Elèctricas S.A.C, bajo la causal invocada por dicha contratista mediante su CARTA S/N recibida el 30.01.2017, misma que no se encuentra contemplada en el artículo 152º del Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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