Resolución de Presidencia N.° 00017-IGP/1993
12 de agosto de 2015
RATIFICAR en el IGP los derechos adquiridos de los trabajadores a fin que continúen percibiendo subsidios por luto y sepelio así como las gratificaciones al cumplir veinticinco (25) y treinta (30) años de servicios prestados al Estado.