Resolución de Presidencia N.° 000114-IGP/1988
3 de agosto de 2015
EFECTIVIZAR un reajuste en las remuneraciones de los trabajadores del régimen laboral 4916 a partir del 1° de Diciembre de 1987, de acuerdo al Pacto Colectivo de 1987, en calidad de Compensación por costo de vida, de I/. 1,500.00 mensual, el cual será reajustado en función a la disponibilidad presupuestal de la Fuente de Financiamiento Ingresos Propios.