Resolución Directoral N.° 000180-IGP/2019

17 de julio de 2019

Artículo 1.- Autorizar, la reapertura del Fondo Fijo de Caja Chica de la Sede Central por la suma de S/. 8,500.00 (Ocho mil quinientos con 00/100 soles) con cargo a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", correspondiente al año fiscal 2019.
Artículo 2.- Autorizar, la reapertura del Fondo Fijo de Caja Chica asignado a la Sede Central, cuyos egresos serán destinado al responsable encargado titular y/o suplente del Fondo Fijo de Caja Chica de la sede Central, a quién se girará el cheque para la Reapertura y Reposición de los Fondos, de acuerdo al detalle siguiente: Responsable Encargado del Fondo Fijo de Caja Chica de la Sede Central: Titular-Sra. Maribel Daysi Venegas Sánchez, Suplente-Sra. Yanet Ketherine Tuppia Manrique, por el importe de S/. 8,500.00 soles (ocho mil quinientos con 00/100 soles).
Artículo 3.- La reposición de los Fondos Fijos de Caja Chica, se girará a nombre del Responsable Encargado del Fondo Fijo de la Caja Chica de la Sede Central, Titular y/o Suplente siempre que se cumpla formalmente con la presentación de la documentación que la sustente, debiendo ceñirse a la distribución de partidas específicas de acuerdo al Anexo Nº 01 adjunto.
Artículo 4.- Disponer que el monto máximo que se establece para la atención con cargo a los Fondos Fijos de Caja Chica ascienda a la suma de S/. 700.00 (setecientos con 00/100 soles)por cada gasto, monto que podría utilizarse para la adquisición de bienes o prestaciones de servicios.
Artículo 5.- El Responsable Titular y Suplente del manejo de los Fondos Fijos de Caja Chica, asumen la responsabilidad administrativa sobre los importes asignados, así como sobre las rendiciones documentadas que corresponda, lo que deberán efectuarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de entregado los recursos, así como también el de mantener permanente liquidez para la atención de los requerimientos y efectuar con oportunidad las rendiciones de cuentas, debiendo gestionar con la debida antelación las reposiciones respectivas.
Artículo 6.- Establecer que los responsables autorizados del manejo de los Fondos Fijos de Caja Chica, se encuentran inmersos en arqueos inopinados donde contemple un estado mensual de las entregas, con indicación de la persona receptora, monto entregado, finalidad del gasto, periodo transcurrido entre su entrega y rendición o devolución, así como el nombre del funcionario que lo autorizo.
Artículo 7.- Queda establecida que el manejo del Fondo Fijo de Caja Chica se encuentra sujeta a las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 001-2019-IGP/GG-OAD "Procedimientos para establecer una adecuada Administración del Fondo Fijo de Caja Chica" del Instituto Geofísico del Perú, aprobado mediante Resolución Directora Nº 006-IGP/2019, de fecha 11 de enero de 2019.
Artículo 8.- Encargar a la Oficina de Administración, realizar las acciones que sean necesarias, a efectos de dar cumplimiento a la presente Resolución.
Artículo 9.- Disponer se publique en la página web del Instituto Geofísico del Perú la presente Resolución.

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