Resolución Directoral N.° 267-IGP/2022

2 de setiembre de 2022

Artículo 1.- APROBAR el expediente de contratación Adjudicación Simplificada N° 010-2022/IGP-1 derivado del Concurso Público N°02-2022/IGP-1 destinado a la Contratación del Servicio de seguridad y vigilancia para la Sede Arequipa del Instituto Geofísico del Perú, con un valor estimado de S/ 662,400.00 (Seiscientos Sesenta y dos Mil cuatrocientos con 00/100 Soles),
Artículo 2.- RATIFICAR al órgano a cargo del procedimiento de selección, que se encargará de la preparación, conducción y realización hasta su culminación del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 010-2022/IGP-1 derivado del Concurso Público N°02-2022/IGP-1 destinado a la Contratación del Servicio de seguridad y vigilancia para la Sede Arequipa del Instituto Geofísico del Perú el cual estará integrado de la siguiente manera:
MIEMBROS TITULARES MIEMBROS SUPLENTES
LUCELIA KARINA HURTADO KUBOTA PRESIDENTE TITULAR
Área: Unidad de Logística – OEC
Régimen Laboral: CAS DIANA CAROLINA CHOZO NIÑO PRESIDENTE SUPLENTE
Área: Unidad de Logística – OEC
Régimen Laboral: CAS
JOSÉ GASPAR BECERRA TEJEDA PRIMER MIEMBRO TITULAR
Área: Unidad de Logística- OEC
Régimen Laboral: CAS JORGE ERIK RODRIGUEZ PACHECO SUPLENTE PRIMER MIEMBRO
Área: Unidad de Logística- OEC
Régimen Laboral: DL 728
GUSTAVO YVAN GALVEZ CAMPOS SEGUNDO MIEMBRO TITULAR
Unidad de Logística -miembro con conocimiento en el objeto a contratar
Régimen Laboral: CAS EVA ROXANA FLORES ULLOA SUPLENTE SEGUNDO MIEMBRO
Unidad de Logística -miembro con conocimiento en el objeto a contratar
Régimen Laboral: CAS
Artículo 3.- ESTABLECER que el órgano a cargo del procedimiento de selección actúa en forma colegiada y es autónomo en sus decisiones, las cuales no requieren ratificación alguna por parte de la Entidad, gozando todos sus miembros de las mismas facultades, no existiendo jerarquías entre ellos; siendo sus integrantes solidariamente responsables por su actuación, salvo el caso de aquellos que hayan señalado en el acta correspondiente su voto discrepante.
Artículo 4.- OBLIGATORIEDAD de aquellos que, en el ejercicio de su cargo, labor o función, sean responsables de la elaboración, aprobación o modificación de los requerimientos de contratación, expedientes de contratación y de los documentos del procedimiento de selección, correspondientes a licitación pública, concurso público, contratación directa y adjudicación simplificada conforme establece la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento vigente, presenten la respectiva Declaración Jurada de Intereses conforme al procedimiento establecido en el Decreto de Urgencia Nº 020-2019, a través de la Plataforma Única de Declaración Jurada de Intereses (https://dji.pide.gob.pe).
Artículo 5.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a la Unidad de Logística para los fines respectivos.

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