Resolución Directoral N.° 312-IGP/2022 e Informe Técnico 009-2022-IGP-OAD-ULO-CP
BAJA DE BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE
14 de octubre de 2022
AVISO
PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCION DIRECTORAL N° 312-IGP/2022 QUE SUSTETENTA LA BAJA DE BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE
DIRECTIVA Nº 001-2020-EF/54.01, APROBADA CON RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 008-2020-EF/54.01
I. OBJETO
El Instituto Geofísico del Perú – IGP, en aplicación de la Directiva Nº 001-2020-EF/54.01
“Procedimiento para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos
y Electrónicos – RAEE, y en cumplimiento a lo señalado en el numeral 7.2 de la directiva antes
mencionada, cumple con publicar en su portal institucional, la Resolución Directoral N° 312-IGP/2022,
Anexo 01 e Informe Técnico N° 009-2022-IGP-OAD-ULO-CP, anexo 02 el cual se detalla la relación
de los bienes muebles calificados como RAEE que serán materia de Donación.
II. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD
Dirección : Calle Badajoz 169 –Urb Mayorazgo - Ate
Página Web : www.igp.gob.pe
Mesa de partes : https://www.igp.gob.pe/servicios/mpv/
Ubicación de los bienes : Sede Jicamarca y Camacho
Consultas al correo : lbarrios@igp.gob.pe
III. INSTITUCIONES INVOLUCRADAS
La presente comunicación está dirigida exclusivamente a empresas registradas como Sistemas de
Manejo de RAEE, debidamente calificadas por MINAN, las cuales deben manifestar por escrito su
interés de ser beneficiarios con la solicitud de donación en mesa de partes virtual IGP o al siguiente
link https://www.igp.gob.pe/servicios/mpv/ , adjuntando la documentación o requisitos que la norma
señala, según la Directiva Nº 001-2020-EF/54.01 en su numeral 7.2.5.
.
a) Identificación completa del Sistema de Manejo de RAEE, ya sea individual o colectivo, precisando
el número de RUC, número de partida registral de los Registros Públicos y domicilio legal.
b) Copia del Certificado de Vigencia de Poder del representante legal del Sistema de Manejo de
RAEE con una antigüedad no mayor de noventa (90) días calendario a la presentación de la solicitud.
c) Número del Documento Nacional de Identidad o del Carnet de extranjería del representante legal,
según corresponda.
d) Copia del documento que aprueba el PMRAEE expedido por el MINAM.
e) Declaración Jurada indicando: i) El Operador de RAEE con el que se realizará la valorización; ii)
Los medios logísticos con los que se realizará la recolección y transporte de los RAEE (logística
propia indicando la empresa encargada, EO-RS, Operador de RAEE), la cual deberá ser concordante
con lo señalado en su PMRAEE; y iii). El plazo estimado para su recojo. Dicho plazo no puede
exceder de treinta (30) días hábiles, contado a partir de la notificación de la Resolución que aprueba
la donación.
Ate, 09 de noviembre de 2021
PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCION DIRECTORAL N° 312-IGP/2022 QUE SUSTETENTA LA BAJA DE BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE
DIRECTIVA Nº 001-2020-EF/54.01, APROBADA CON RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 008-2020-EF/54.01
I. OBJETO
El Instituto Geofísico del Perú – IGP, en aplicación de la Directiva Nº 001-2020-EF/54.01
“Procedimiento para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos
y Electrónicos – RAEE, y en cumplimiento a lo señalado en el numeral 7.2 de la directiva antes
mencionada, cumple con publicar en su portal institucional, la Resolución Directoral N° 312-IGP/2022,
Anexo 01 e Informe Técnico N° 009-2022-IGP-OAD-ULO-CP, anexo 02 el cual se detalla la relación
de los bienes muebles calificados como RAEE que serán materia de Donación.
II. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD
Dirección : Calle Badajoz 169 –Urb Mayorazgo - Ate
Página Web : www.igp.gob.pe
Mesa de partes : https://www.igp.gob.pe/servicios/mpv/
Ubicación de los bienes : Sede Jicamarca y Camacho
Consultas al correo : lbarrios@igp.gob.pe
III. INSTITUCIONES INVOLUCRADAS
La presente comunicación está dirigida exclusivamente a empresas registradas como Sistemas de
Manejo de RAEE, debidamente calificadas por MINAN, las cuales deben manifestar por escrito su
interés de ser beneficiarios con la solicitud de donación en mesa de partes virtual IGP o al siguiente
link https://www.igp.gob.pe/servicios/mpv/ , adjuntando la documentación o requisitos que la norma
señala, según la Directiva Nº 001-2020-EF/54.01 en su numeral 7.2.5.
.
a) Identificación completa del Sistema de Manejo de RAEE, ya sea individual o colectivo, precisando
el número de RUC, número de partida registral de los Registros Públicos y domicilio legal.
b) Copia del Certificado de Vigencia de Poder del representante legal del Sistema de Manejo de
RAEE con una antigüedad no mayor de noventa (90) días calendario a la presentación de la solicitud.
c) Número del Documento Nacional de Identidad o del Carnet de extranjería del representante legal,
según corresponda.
d) Copia del documento que aprueba el PMRAEE expedido por el MINAM.
e) Declaración Jurada indicando: i) El Operador de RAEE con el que se realizará la valorización; ii)
Los medios logísticos con los que se realizará la recolección y transporte de los RAEE (logística
propia indicando la empresa encargada, EO-RS, Operador de RAEE), la cual deberá ser concordante
con lo señalado en su PMRAEE; y iii). El plazo estimado para su recojo. Dicho plazo no puede
exceder de treinta (30) días hábiles, contado a partir de la notificación de la Resolución que aprueba
la donación.
Ate, 09 de noviembre de 2021