Resolución Directoral N.° 258-IGP/2021
BAJA DE BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE
10 de noviembre de 2021
AVISO
PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCION DIRECTORAL N° 258-IGP/2021 QUE SUSTETENTA LA BAJA DE BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE
DIRECTIVA Nº 001-2020-EF/54.01, APROBADA CON RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 008-2020-EF/54.01
I. OBJETO
El Instituto Geofísico del Perú – IGP, en aplicación de la Directiva Nº 001-2020-EF/54.01 “Procedimiento para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE, y en cumplimiento a lo señalado en el numeral 7.2 de la directiva antes mencionada, cumple con publicar en su portal institucional, la Resolución Directoral N° 258-IGP/2021 y Anexo 01 y 02 el cual se detalla la relación de los bienes muebles calificados como RAEE que serán materia de Donación.
II. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD
Dirección : Calle Badajoz 169 –Urb Mayorazgo - Ate
Página Web : www.igp.gob.pe
Mesa de partes : https://www.igp.gob.pe/servicios/mpv/
Ubicación de los bienes : Sede Ancón
Consultas al correo : lbarrios@igp.gob.pe
III. INSTITUCIONES INVOLUCRADAS
La presente comunicación está dirigida exclusivamente a empresas registradas como Operadores de RAEE o Sistemas de Manejo de RAEE, debidamente calificadas por la autoridad competente DIGESA, DIRESA y/o MINAN, las cuales deben manifestar por escrito su interés de ser beneficiarios con la solicitud de donación en mesa de partes virtual IGP o al siguiente link https://www.igp.gob.pe/servicios/mpv/ , adjuntando la documentación o requisitos que la norma señala, según la Directiva Nº 001-2020-EF/54.01 en su numeral 7.2.5.
a) Identificación completa del Sistema de Manejo de RAEE, ya sea individual o colectivo, precisando el número de RUC, número de partida registral de los Registros Públicos y domicilio legal.
b) Copia del Certificado de Vigencia de Poder del representante legal del Sistema de Manejo de RAEE con una antigüedad no mayor de noventa (90) días calendario a la presentación de la solicitud.
c) Número del Documento Nacional de Identidad o del Carnet de extranjería del representante legal, según corresponda.
d) Copia de la Resolución que aprueba el PMRAEE y del informe que la sustenta expedido por el MINAM.
e) Declaración Jurada indicando: i) El Operador de RAEE con el que se realizará la valorización; ii) Los medios logísticos con los que se realizará la recolección y transporte de los RAEE (logística propia indicando la empresa encargada, EO-RS, Operador de RAEE), la cual deberá ser concordante con lo señalado en su PMRAEE; y iii). El plazo estimado para su recojo. Dicho plazo no puede exceder de treinta (30) días hábiles, contado a partir de la notificación de la Resolución que aprueba la donación.
Ate, 09 de noviembre de 2021
PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCION DIRECTORAL N° 258-IGP/2021 QUE SUSTETENTA LA BAJA DE BIENES MUEBLES CALIFICADOS COMO RAEE
DIRECTIVA Nº 001-2020-EF/54.01, APROBADA CON RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 008-2020-EF/54.01
I. OBJETO
El Instituto Geofísico del Perú – IGP, en aplicación de la Directiva Nº 001-2020-EF/54.01 “Procedimiento para la Gestión de Bienes Muebles calificados como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE, y en cumplimiento a lo señalado en el numeral 7.2 de la directiva antes mencionada, cumple con publicar en su portal institucional, la Resolución Directoral N° 258-IGP/2021 y Anexo 01 y 02 el cual se detalla la relación de los bienes muebles calificados como RAEE que serán materia de Donación.
II. DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD
Dirección : Calle Badajoz 169 –Urb Mayorazgo - Ate
Página Web : www.igp.gob.pe
Mesa de partes : https://www.igp.gob.pe/servicios/mpv/
Ubicación de los bienes : Sede Ancón
Consultas al correo : lbarrios@igp.gob.pe
III. INSTITUCIONES INVOLUCRADAS
La presente comunicación está dirigida exclusivamente a empresas registradas como Operadores de RAEE o Sistemas de Manejo de RAEE, debidamente calificadas por la autoridad competente DIGESA, DIRESA y/o MINAN, las cuales deben manifestar por escrito su interés de ser beneficiarios con la solicitud de donación en mesa de partes virtual IGP o al siguiente link https://www.igp.gob.pe/servicios/mpv/ , adjuntando la documentación o requisitos que la norma señala, según la Directiva Nº 001-2020-EF/54.01 en su numeral 7.2.5.
a) Identificación completa del Sistema de Manejo de RAEE, ya sea individual o colectivo, precisando el número de RUC, número de partida registral de los Registros Públicos y domicilio legal.
b) Copia del Certificado de Vigencia de Poder del representante legal del Sistema de Manejo de RAEE con una antigüedad no mayor de noventa (90) días calendario a la presentación de la solicitud.
c) Número del Documento Nacional de Identidad o del Carnet de extranjería del representante legal, según corresponda.
d) Copia de la Resolución que aprueba el PMRAEE y del informe que la sustenta expedido por el MINAM.
e) Declaración Jurada indicando: i) El Operador de RAEE con el que se realizará la valorización; ii) Los medios logísticos con los que se realizará la recolección y transporte de los RAEE (logística propia indicando la empresa encargada, EO-RS, Operador de RAEE), la cual deberá ser concordante con lo señalado en su PMRAEE; y iii). El plazo estimado para su recojo. Dicho plazo no puede exceder de treinta (30) días hábiles, contado a partir de la notificación de la Resolución que aprueba la donación.
Ate, 09 de noviembre de 2021