Resolución Directoral N.° 323-2022-HSJCH-DE
2 de junio de 2022
ARTICULO PRIMERO DECLARAR, el término de la Carrera Administrativa por la causal de Limite de edad a partir del 02 de Abril de 2022 al M.C. Javier Ramón ALVA VILCA, con el Cargo de Medico Cirujano Nivel Remunerativo N-2. ex servidor Permutado al Hospital San José de Chincha, dándole las gracias por los servicios prestados al Estado; y por consiguiente declarar vacante la Plaza de Médico Cirujano Nivel Remunerativo N-2, CAP N° 256-AIRHSP N°000165;
ARTICULO SEGUNDO RECONOCER, al M.C. Javier Ramón ALVA VILCA, con el Cargo de Médico Cirujano Nivel Remunerativo N-2, como tiempo de servicios prestados al estado, (21) Años (04) Meses y (01) día al momento de su Cese, bajo el Régimen Pensionario D.L. 25897-SPP;
ARTICULO TERCERO.- RECONOCER, a favor del M.C. Javier Ramón ALVA VILCA, con el Cargo de Médico Cirujano Nivel Remunerativo N-2, ex servidor Permutado al Hospital San José de Chincha de la Unidad Ejecutora 401 Salud Chincha, Compensación por Tiempo de Servicios, la suma de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 20/100 Soles, (S/.47,676.20), que corresponde a la suma de SETECIENTOS NOVENTA CON 20/100 SOLES (S/. 790.20 ) del periodo del 03/12/2004 al 12/09/2013. equivalente a una Remuneración Principal de S/. 87.80 por cada uno de los 09 años de servicios percibidos al 12 de Setiembre 2013 bajo el Sistema de Remuneraciones del Decreto Legislativo N° 276, y a la suma de CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES (S/.46,886.00), equivalente a las ultimas 36 Valorizaciones Principales por cada uno de los ocho (08) años de servicios en el marco del Decreto Legislativo N° 1153 del periodo del 13 de Setiembre de 2014 hasta el 02 de Abril de 2022, fecha de término de la carrera administrativa.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, al Responsable de INFORHUS de la Unidad de Personal - Unidad Ejecutora 401 Salud Chincha, el mismo que realizara el ingreso de las Entregas Económicas dispuesto en el Decreto Legislativo N°1153 previa autorización en el aplicativo del Ministerio de Salud.
ARTICULO QUINTO.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectara a la cadena de gastos 20-044-0096-33295-0045-0001, 2.1.19.21 "Compensación por Tiempo de Servicios" -CTS del Pliego 449 U.E. 401 SaludChincha.
ARTICULO SEGUNDO RECONOCER, al M.C. Javier Ramón ALVA VILCA, con el Cargo de Médico Cirujano Nivel Remunerativo N-2, como tiempo de servicios prestados al estado, (21) Años (04) Meses y (01) día al momento de su Cese, bajo el Régimen Pensionario D.L. 25897-SPP;
ARTICULO TERCERO.- RECONOCER, a favor del M.C. Javier Ramón ALVA VILCA, con el Cargo de Médico Cirujano Nivel Remunerativo N-2, ex servidor Permutado al Hospital San José de Chincha de la Unidad Ejecutora 401 Salud Chincha, Compensación por Tiempo de Servicios, la suma de CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 20/100 Soles, (S/.47,676.20), que corresponde a la suma de SETECIENTOS NOVENTA CON 20/100 SOLES (S/. 790.20 ) del periodo del 03/12/2004 al 12/09/2013. equivalente a una Remuneración Principal de S/. 87.80 por cada uno de los 09 años de servicios percibidos al 12 de Setiembre 2013 bajo el Sistema de Remuneraciones del Decreto Legislativo N° 276, y a la suma de CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES (S/.46,886.00), equivalente a las ultimas 36 Valorizaciones Principales por cada uno de los ocho (08) años de servicios en el marco del Decreto Legislativo N° 1153 del periodo del 13 de Setiembre de 2014 hasta el 02 de Abril de 2022, fecha de término de la carrera administrativa.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, al Responsable de INFORHUS de la Unidad de Personal - Unidad Ejecutora 401 Salud Chincha, el mismo que realizara el ingreso de las Entregas Económicas dispuesto en el Decreto Legislativo N°1153 previa autorización en el aplicativo del Ministerio de Salud.
ARTICULO QUINTO.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectara a la cadena de gastos 20-044-0096-33295-0045-0001, 2.1.19.21 "Compensación por Tiempo de Servicios" -CTS del Pliego 449 U.E. 401 SaludChincha.