Resolución Directoral N.° 315-2022-HSJCH-DE

30 de mayo de 2022

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, el término de la Carrera Administrativa por la causal de Limite de edad a partir del 20 de Mayo de 2022 a doña Bernardina Basilia CALIXTRO RIVERA, con el Cargo de Trabajadora Social Nivel Remunerativo VIII, ex servidora del Hospital San José de Chincha, dándole las gracias por los servicios prestados al Estado; por consiguiente declarar vacante la Plaza de Trabajadora Social Nivel Remunerativo VIII, CAP N° 434-AIRHSP 000055.

ARTICULO SEGUNDO RECONOCER, a doña Bernardina Basilia CALIXTRO RIVERA, con el Cargo de Trabajadora Social Nivel Remunerativo VIII, como tiempo de servicios prestados al estado, (36) Años (09) Meses y (12) días al momento de su Cese, bajo el Régimen Pensionario D.L. 25897-SPP;

ARTICULO TERCERO.- RECONOCER, a favor de doña Bernardina Basilia CALIXTRO RIVERA con el Cargo de Trabajadora Social Nivel Remunerativo VIII, ex servidor del Hospital San José de Chincha de la Unidad Ejecutora 401 Salud Chincha, Compensación por Tiempo de Servicios, la suma de TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 48/100 SOLES (S/. 37,766.48), que corresponde a la suma de DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA con 70/100 SOLES (S/. 2,660.70) del periodo del 01/12/1979 al 12/09/2013, equivalente a una Remuneración Principal de S/. 88.69 por cada uno de los 30 años de servicios percibidos al 12 de Setiembre 2013 bajo el Sistema de Remuneraciones del Decreto Legislativo N° 276; y a la suma de TREINTA Y CINCO MIL CIENTO CINCO CON 78/100 SOLES (S/. 35,105.78 ) equivalente a las ultimas 36 Valorizaciones Principales por cada uno de los ocho (08) años de servicios en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153 del periodo del 13 de Setiembre de 2014 hasta el 20 de Mayo de 2022, fecha de término de la carrera administrativa.

ARTICULO CUARTO - NOTIFICAR, al Responsable de INFORHUS de la Unidad de Personal Unidad Ejecutora 401 Salud Chincha, el mismo que realizara el ingreso de las Entregas Económicas dispuesto en el Decreto Legislativo N°1153 previa autorización en el aplicativo del Ministerio de Salud.

ARTICULO QUINTO.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectara a la cadena de gastos 20-044-0096-33295-0045-0001, 2.1.19.21 "Compensación por Tiempo de Servicios" -CTS del Pliego 449 U.E. 401 SaludChincha.
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