Resolución Directoral N.° RD461-2025-HSJ/GRC
NOMBRAR, en el mes de diciembre de 2025, a los servidores que se señalan en el Anexo adjunto
31 de diciembre de 2025
NOMBRAR, en el mes de diciembre de 2025, a los servidores que se señalan en el Anexo adjunto proveniente del proceso de Nombramiento del Personal Administrativo del Hospital San Jose, Callao, comprendido en el Decreto Legislativo Nº 1057 del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y los Gobiernos Regionales”, autorizado por el literal r) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.
PRECISAR que el nombramiento del personal administrativo a que se refiere en anexo del artículo precedente, se efectúa en el primer nivel remunerativo del grupo ocupacional correspondiente. A partir del nombramiento, a dicho personal le corresponde percibir los ingresos de carácter remunerativo regulados en el Decreto de Urgencia Nº 038-2019 y normas complementarias de acuerdo al numeral 16.1.9 del Decreto Supremo Nº 006-2025-SA.
DISPONER que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, realice la fiscalización posterior de la documentación de cada uno de los servidores aptos a que se refiere la presente resolución, en cumplimiento de la normativa aplicable sobre el particular, así como notificar el presente acto resolutivo al personal comprendido en el proceso de nombramiento dentro del plazo de tres (3) días hábiles de emitido el acto resolutivo, bajo responsabilidad disciplinaria.
PRECISAR que, notificada la resolución de nombramiento al personal, este debe asumir sus funciones dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la mencionada resolución. Para tal efecto, el personal administrativo debe presentarse ante el jefe del órgano, unidad orgánica, oficina o establecimiento de salud de la unidad ejecutora o quien haga sus veces, en la que fue nombrado. En caso de no presentarse dentro de dicho plazo ante el jefe del órgano, unidad orgánica, oficina o establecimiento de salud de la unidad ejecutora, el nombramiento queda sin efecto de manera automática, lo que será notificada al administrado dentro de siete (7) días hábiles
PRECISAR que, el personal nombrado en la presente resolución debe formalizar la extinción de su vínculo laboral mediante la renuncia correspondiente conforme al artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1057, previo a la asunción del cargo indicado en la resolución de nombramiento, debiendo la entidad efectuar la respectiva liquidación del pago por extinción del contrato administrativo de servicios (Sétima Disposición Complementarias finales del Decreto Supremo Nº006-2025-SA).
ESTABLECER que, para los efectos de conservar la operatividad de la entidad, queda prohibido que el personal administrativo beneficiado con el proceso de nombramiento, que pase a la condición de nombrado pueda desplazarse a otra entidad o establecimiento de salud durante los cinco (5) años siguientes al nombramiento. Excepcionalmente, antes de cumplirse dicho plazo podrá solicitar permuta con la debida sustentación del caso. Dicha prohibición no es aplicable en el supuesto que el desplazamiento se produzca para la ocupación del cargo de funcionario público, directivo público o cargo de confianza.
NOTIFICAR la presente Resolución Directoral a las instancias administrativas correspondientes y ENCARGAR a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos su remisión al MINSA y otras instancias que correspondan en los plazos establecidos, así como realizar los actos siguientes que se requieran de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 006-2025-SA.
DISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal Web Institucional (www.hsj.gob.pe) en el cumplimiento de la Ley Nº 27806 Ley de transparencia y Acceso a la información Pública y modificatorias.
PRECISAR que el nombramiento del personal administrativo a que se refiere en anexo del artículo precedente, se efectúa en el primer nivel remunerativo del grupo ocupacional correspondiente. A partir del nombramiento, a dicho personal le corresponde percibir los ingresos de carácter remunerativo regulados en el Decreto de Urgencia Nº 038-2019 y normas complementarias de acuerdo al numeral 16.1.9 del Decreto Supremo Nº 006-2025-SA.
DISPONER que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, realice la fiscalización posterior de la documentación de cada uno de los servidores aptos a que se refiere la presente resolución, en cumplimiento de la normativa aplicable sobre el particular, así como notificar el presente acto resolutivo al personal comprendido en el proceso de nombramiento dentro del plazo de tres (3) días hábiles de emitido el acto resolutivo, bajo responsabilidad disciplinaria.
PRECISAR que, notificada la resolución de nombramiento al personal, este debe asumir sus funciones dentro de los cinco (5) días hábiles de notificada la mencionada resolución. Para tal efecto, el personal administrativo debe presentarse ante el jefe del órgano, unidad orgánica, oficina o establecimiento de salud de la unidad ejecutora o quien haga sus veces, en la que fue nombrado. En caso de no presentarse dentro de dicho plazo ante el jefe del órgano, unidad orgánica, oficina o establecimiento de salud de la unidad ejecutora, el nombramiento queda sin efecto de manera automática, lo que será notificada al administrado dentro de siete (7) días hábiles
PRECISAR que, el personal nombrado en la presente resolución debe formalizar la extinción de su vínculo laboral mediante la renuncia correspondiente conforme al artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1057, previo a la asunción del cargo indicado en la resolución de nombramiento, debiendo la entidad efectuar la respectiva liquidación del pago por extinción del contrato administrativo de servicios (Sétima Disposición Complementarias finales del Decreto Supremo Nº006-2025-SA).
ESTABLECER que, para los efectos de conservar la operatividad de la entidad, queda prohibido que el personal administrativo beneficiado con el proceso de nombramiento, que pase a la condición de nombrado pueda desplazarse a otra entidad o establecimiento de salud durante los cinco (5) años siguientes al nombramiento. Excepcionalmente, antes de cumplirse dicho plazo podrá solicitar permuta con la debida sustentación del caso. Dicha prohibición no es aplicable en el supuesto que el desplazamiento se produzca para la ocupación del cargo de funcionario público, directivo público o cargo de confianza.
NOTIFICAR la presente Resolución Directoral a las instancias administrativas correspondientes y ENCARGAR a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos su remisión al MINSA y otras instancias que correspondan en los plazos establecidos, así como realizar los actos siguientes que se requieran de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 006-2025-SA.
DISPONER la publicación de la presente Resolución en el portal Web Institucional (www.hsj.gob.pe) en el cumplimiento de la Ley Nº 27806 Ley de transparencia y Acceso a la información Pública y modificatorias.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales del Hospital San José Callao

