Resolución Administrativa N.° RA098-2025-HSJ-OA/GRC

RECONOCER la deuda por enriquecimiento sin causa a favor de la proveedora Sra. MARIA CRISTINA QUEZADA MENA

16 de setiembre de 2025

RECONOCER la deuda por enriquecimiento sin causa a favor de la proveedora Sra. MARIA CRISTINA QUEZADA MENA en el periodo del 01 al 31 de julio de 2025; por no contar con el expediente, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y contando con la certificación presupuestal Nº 0804, por el monto ascendente a S/ 3,500.00 (Tres mil quinientos con 00/100 soles).

AUTORIZAR a la Unidad de Economía que efectúe el devengado y giro correspondiente a la obligación reconocida en el artículo primero de la presente
Resolución.

REMITIR la presente Resolución a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Hospital San José, para que inicie las acciones necesarias a efectos de determinar la presunta responsabilidad de quienes corresponda por los hechos descritos en la presente resolución.

NOTIFICAR la presente Resolución al proveedor, Unidad de Logística y a la Unidad de Economía para su conocimiento y fines correspondientes.

ENCARGAR, a la Unidad de Estadística, Informática y Comunicación, realice su publicación de la presente resolución en el portal web Institucional del Hospital San José – Callao.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas del Hospital San José Callao

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