Resolución Administrativa N.° RA065-2025-HSJ/GRC

RECONOCER la deuda por enriquecimiento sin causa a favor del proveedor Sr. PEDRO FRANCISCO MIRANDA CASTAÑEDA en el periodo del 08 hasta el 15 mayo de 2025; por no contar con el expediente, conforme a

15 de julio de 2025

RECONOCER la deuda por enriquecimiento sin causa a favor del proveedor Sr. PEDRO FRANCISCO MIRANDA CASTAÑEDA en el periodo del 08 hasta el 15 mayo de 2025; por no contar con el expediente, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, por el monto total de S/ 400.00 (Cuatrocientos con 00/100 soles).

AUTORIZAR a la Unidad de Economía que efectúe el devengado y giro correspondiente a la obligación reconocida en el artículo primero de la presente Resolución.

NOTIFICAR la presente Resolución al proveedor, Unidad de Logística y a la Unidad de Economía para su conocimiento y fines correspondientes.

ENCARGAR, a la Unidad de Estadística, Informática y Comunicación, realice su publicación de la presente resolución en el portal web Institucional del Hospital San José – Callao.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas del Hospital San José Callao

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RESOLUCION ADMINISTRATIVA-000065-2025-OA-HSJ

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