Resolución Administrativa N.° 130-2025-GOB.REG-DRSP-HNSLMP-UA.
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10 de julio de 2025
ARTÍCULO 1º .- DECLARAR INFUNDADO lo solicitado por el servidor Augusto Timana Adanaque, respecto al reconocimiento, liquidación y pago de derecho del beneficio de canasta de alimentos en los término s y formas como lo señala la Resolución Presidencial Nº 115-99/ CTAR PIURA-P, de fecha 10 de marzo de 1999, por los fundamentos antes expuestos.