Resolución de Jefatura N.° 009
12 de enero de 1989
Que el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la Ley, viene realizando una acción permanente de identificación y registro de inmuebles, espacios y áreas Monumentales que por su valor deben ser declarados integrantes del Patrimonio Monumental de la Nación.
Que, la Ley 24047dispone que podrán ser declarados Monumentos los inmuebles de las épocas Colonial y Republicana que por sus méritos arquitectónicos, estéticos, urbanísticos, históricos o documentales deben ser conservados y puestos en valor;
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 6° de la Ley N° 24047;
Se Resuelve:
1. Declárense Monumentos y Ambiente Urbano Monumental a los siguientes:
** Ver Página 4**
Que, la Ley 24047dispone que podrán ser declarados Monumentos los inmuebles de las épocas Colonial y Republicana que por sus méritos arquitectónicos, estéticos, urbanísticos, históricos o documentales deben ser conservados y puestos en valor;
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 6° de la Ley N° 24047;
Se Resuelve:
1. Declárense Monumentos y Ambiente Urbano Monumental a los siguientes:
** Ver Página 4**
