Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 0067-2025
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000066-2025-GR.LAMB/GERESA/HB.L/DE
27 de enero de 2025
Dar cumplimiento al Mandato Judicial contenido en la Sentencia de vista contenida en la Resolución Número OCHO, 18 de Agosto de 2023, la Tercera Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Lambayeque; CONFIRMARON, la sentencia contenida en la resolución número TRES, de fecha veinticuatro de Marzo del año dos mil veintitrés, que resuelve declarar fundada la demanda contencioso administrativa, contra la Gerencia Regional de Salud sobre impugnación de resolución administrativa, precisaron que el derecho debe reconocerse conforme a lo señalado en el considerando es decir desde enero de 1993, hasta la entrada en vigencia la el Monto Único Consolidado (MUC) de los servidores públicos, del Decreto Ley 276, reconociendo al demandante el derecho de percibir el incremento del 10% de su haber mensual del mes de Enero 1993, que estuvo afecto a la contribución al fonavi, en aplicación de la Ley 25981 y Ley N° 26233, más el pago de intereses legales a favor del demandante WILMER ANTON MAYANGA y de acuerdo a la Liquidación adjunta efectuada por la Unidad de Economía, le corresponde percibir a la administrada la suma total de TREINTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 28/100 SOLES (S/.30,783.28); la misma que comprende:
ARTICULO 2°.- Reconocer a favor de Don WILMER ANTON MAYANGA, servidor nombrado, del Hospital Belén de Lambayeque, en el cargo de técnico Administrativo V, nivel STB, que ostentaba a la fecha que fue incorporado al Decreto de Urgencia-038-2019, en cumplimiento al Mandato indicado en el artículo anterior, la suma total de TREINTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 28/100 Soles (S/30,783.28), la misma que comprende:
- El importe de S/. 20,361.71, por concepto de devengados por el Incremento del 10% de las remuneraciones previsto por el artículo 2° del Decreto Ley N° 25981 por el período comprendido entre el 01de Enero de 1993, hasta la fecha que corresponde, según aprobación del MUC.
- La cantidad de S/. 10,421.58, por concepto de Intereses legales generados de los devengados el Incremento del 10 % de las remuneraciones previsto por el artículo 2° del Decreto Ley N° 25981 por el período comprendido entre el 02 de Enero de 1993 hasta la fecha que corresponda según Ley 25920;