Resolución Directoral N.° 181-2025-GOREU-DIRESA-HAYA
9 de julio de 2025
APROBAR, LA CONFORMACION DE LA "COMISION NEGOCIADORA", para efectuar el proceso de Negociación Colectiva, entre los Representantes del Hospital Amazónico de Yarinacocha y los Representantes del Sindicato SITA HAY Y SISAHA para el Periodo 2025-2026..
DISPONER, que la Comisión Negociadora, se encargue de levar a cabo eI proceso de negociación colectiva entre el Hospital de Amazónico de Yarinacocha y eI Sindicato SITAHAY y SISA HA para el Periodo 2025-2026", respecto de las materias planteadas en el proyecto de negociación colectiva, debiendo ejercer sus funciones y atribuciones en el marco de 10 establecido en la Ley N031188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, el Decreto Supremo N0008-2022- CM, que aprueba los lineamientos para la implementación de la Ley N031 188, y eI Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y su Reglamento.
DESIGNAR, corno Secretario Técnico, al Jefe de la Unidad de Personal, quien debe brindar apoyo técnico y administrativo permanente a la citada Comisión, incluyendo la remisión de las convocatorias a las sesiones de Trato Directo y la elaboración, registro y custodia de las actas respectivas.
DISPONER, que la Comisión Negociadora, se encargue de levar a cabo eI proceso de negociación colectiva entre el Hospital de Amazónico de Yarinacocha y eI Sindicato SITAHAY y SISA HA para el Periodo 2025-2026", respecto de las materias planteadas en el proyecto de negociación colectiva, debiendo ejercer sus funciones y atribuciones en el marco de 10 establecido en la Ley N031188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, el Decreto Supremo N0008-2022- CM, que aprueba los lineamientos para la implementación de la Ley N031 188, y eI Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y su Reglamento.
DESIGNAR, corno Secretario Técnico, al Jefe de la Unidad de Personal, quien debe brindar apoyo técnico y administrativo permanente a la citada Comisión, incluyendo la remisión de las convocatorias a las sesiones de Trato Directo y la elaboración, registro y custodia de las actas respectivas.