Resolución Directoral N.° 0280-2023-HAS
21 de abril de 2023
DECLARAR INFUNDADA, la solicitud S/N, de fecha de recepción veintisiete de marzo del dos mil veintitrés (27/03/2023), presentada por la servidora nombrada en el Hospital de Apoyo ll - 2 Sullana Ana Cristina Arteaga Aponte, con cargo enfermera, nivel 14, quien requiere otorgamiento del beneficio de canasta de alimentos en los términos y formas como lo señala la Resolución Ejecutiva Regional Nº 143- 1990, de fecha tres de agosto de mil novecientos noventa (03/08/1990); la Resolución Presidencial Nº 115-99/CTAR PIURA-P, de fecha diez de marzo de mil novecientos noventa y nueve (10/03/1999); Resolución Ejecutiva Regional Nº 547-2006/GOB.REG.PIURA-PR y la Ordenanza Regional N° 074-2006-GRP, las cuales otorgan el beneficio de la canasta de alimentos por S/ 1,000.00 (mil soles) mensuales más devengados e intereses legales a los trabajadores que desarrollaban actividades laborales en forma efectiva en la sede regional y en las gerencias sub regionales, entre otros.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales