Resolución Gerencial Regional N.° 087-2021-GRA/GRTPE
31 de mayo de 2021
RECTIFICAR el error material consignado en el punto IX de la Resolución Gerencial Regional N º 078-202 1-GRA/GRTPE. debiendo quedar de la siguiente manera : "Del presente procedi miento se desprende que habiéndose determinado que la posible sanción es l a SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERAIONES, corresponde según el artículo 93; del Reglamento SERVIR que Órgano Instructor sea el Gerente Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Arequipa, asimismo Oficina de Administración se encargará de la etapa sancionadora al hacer las veces de Oficina de Recursos Humanos.".