Resolución Gerencial Regional N.° 086-2021-GRA/GRTPE

31 de mayo de 2021

RECTIFICAR el error material conignado en el punto IX de la Resolución Gerencial Regional Nº 079-2021-G RA/GRTPE debiendo quedar de la siguiente manera: "Del presente procedimiento se desprende que habiéndose determinado que la posible sanción es la SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES, corresponde segú n el artículo 931 del Reglamento SERVIR que Órgano Instructor sea el Gerente Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Arequipa, asimismo la Oficina de Admii nistración se encargará de l a etapa sancionadora al hacer las veces de Oficina de Recursos Humanos."

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