Resolución Directoral Jefatural N.° DIGENIPAA_2025021
15 de setiembre de 2025
Artículo 1°.- APROBAR la ejecución del EXPEDIENTE TECNICO PRESTACION ADICIONAL DE OBRA N°01 CON DEDUCTIVO VINCULANTE N°01 al Contrato N°06-2025- FONDEPES Licitación Pública Abreviada de Obras N°01-2025-FONDEPES-1, por un monto de S/ 77,209.74 (Setenta y siete mil doscientos nueve con 74/100 soles), incluido IGV, con un porcentaje de incidencia parcial de 10.22 %. y el Deductivo Vinculado N°01, que asciende a la suma de S/ 8,469.87 (Ocho mil cuatrocientos sesenta y nueve con 87/100 soles), incluido IGV, con un porcentaje de incidencia parcial de 1.12 %, que representa una incidencia especifica de 9.10% respecto al monto contractual vigente, porcentaje menos al 15% del monto del contrato original, respecto a la ejecución de la obra: “MEJORA DEL SISTEMA ELECTRICO DE LAS ELECTROBOMBAS DE CAPTACION; ALUMBRADO DEL CABEZO, ALUMBRADO DE LA PLATAFORMA DEL CABEZO, ALUMBRADO DE LA PLATAFORMA BAJA; Y PESCANTE DEL CABEZO DEL MUELLE” PARA EL PROYECTO “CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PESQUERA PARA CONSUMO HUMANO DIRECTO DE SAN JOSE, DISTRITO DE SAN JOSE, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, REGION LAMBAYEQUE”, Código Único N°2177135; conforme a los fundamentos expuestos en el Informe N°002488-2025-FONDEPES/DIGENIPAA-UFI, Informe N°120- 2025/CEGV y sus antecedentes, emitido por la Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA; así como el Informe Nº000268-2025-FONDEPES/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; los mismos que forman parte integrante de la presente resolución en calidad de documentos sustentatorios.
Artículo 2º.- AUTORIZAR al contratista de obra “CONSORCIO SAN JOSE”, proceda con la ejecución de la Prestación Adicional de Obra N°01.
Artículo 3.- DISPONER que la Oficina General de Administración, en el ámbito de su competencia, adopte las acciones pertinentes a quien corresponda, en cumplimiento de lo establecido por el numeral 194.3) del artículo 194° del RLGCP, en mérito a lo establecido en el artículo 1° de la presente Resolución, así como requerir al contratista de obra la garantía de fiel cumplimiento por el monto que corresponda.
Artículo 4°.- ENCARGAR a la Oficina General de Administración, a fin que informe al Tribunal de Contrataciones Públicas y a la Contraloría General de la República, ello en cumplimiento de lo establecido por el numeral 64.5) del artículo 64° de la Ley N°32069, Ley General de Contrataciones Públicas, para su conocimiento y fines consiguientes.
Artículo 5°.- NOTIFICAR la presente Resolución y sus documentos sustentatorios al contratista de obra y al supervisor de obra para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 6º.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA para las acciones de su competencia; a la Jefatura del FONDEPES y a la Gerencia General para su conocimiento.
Artículo 7°.- COMUNICAR a la autoridad competente del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – INVIERTE.PE, la ejecución de la Prestación Adicional N° 01 del Contrato N°06-2025-FONDEPES, según corresponda.
Artículo 8°.- DISPONER que la presente Resolución se publique en el portal institucional de FONDEPES.
Artículo 2º.- AUTORIZAR al contratista de obra “CONSORCIO SAN JOSE”, proceda con la ejecución de la Prestación Adicional de Obra N°01.
Artículo 3.- DISPONER que la Oficina General de Administración, en el ámbito de su competencia, adopte las acciones pertinentes a quien corresponda, en cumplimiento de lo establecido por el numeral 194.3) del artículo 194° del RLGCP, en mérito a lo establecido en el artículo 1° de la presente Resolución, así como requerir al contratista de obra la garantía de fiel cumplimiento por el monto que corresponda.
Artículo 4°.- ENCARGAR a la Oficina General de Administración, a fin que informe al Tribunal de Contrataciones Públicas y a la Contraloría General de la República, ello en cumplimiento de lo establecido por el numeral 64.5) del artículo 64° de la Ley N°32069, Ley General de Contrataciones Públicas, para su conocimiento y fines consiguientes.
Artículo 5°.- NOTIFICAR la presente Resolución y sus documentos sustentatorios al contratista de obra y al supervisor de obra para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 6º.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA para las acciones de su competencia; a la Jefatura del FONDEPES y a la Gerencia General para su conocimiento.
Artículo 7°.- COMUNICAR a la autoridad competente del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – INVIERTE.PE, la ejecución de la Prestación Adicional N° 01 del Contrato N°06-2025-FONDEPES, según corresponda.
Artículo 8°.- DISPONER que la presente Resolución se publique en el portal institucional de FONDEPES.