Resolución Directoral Jefatural N.° DIGENIPAA_2025016

31 de julio de 2025

ARTÍCULO 1º.- APROBAR LA ACTUALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DEL IOARR: “REPARACIÓN, PROTECCIÓN, INSTALACIÓN COLOCACIÓN DEL EMISOR SUBMARINO, VERIFICACIÓN DE CARGA DEL EMISOR SUBMARINO, VERIFICACIÓN DE CARGA HIDRÁULICA, POTENCIA HIDRÁULICA DE LOS EQUIPOS DE BOMBEO, REPARACIÓN DE TECHO Y MURO DE LA CÁMARA DE BOMBEO DEL EMISOR SUBMARINO DEL DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL DE CHIMBOTE, PROVINCIA DE SANTA, REGIÓN ANCASH” CUI N°2359368, con un presupuesto de obra que asciende a S/3,948,816.38 (Tres Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Ochocientos Dieciséis con 38/100 Soles, un plazo de ejecución de ciento veinte (120) días calendario, con precios al mes de Julio 2025, modalidad de ejecución (Suma Alzada), modalidad de contratación (Administración Indirecta – por contrata), de acuerdo al siguiente detalle:

COSTO DIRECTO S/ 2,867,915.74
Gastos Generales 8.6859442% 249,105.56
Utilidad 8.00% 229,433.26

SUBTOTAL S/ 3,346,454.56
I.G.V. 18.00% 602,361.82
PRESUPUESTO DE OBRA S/ 3,948,816.38

GASTOS DE SUPERVISIÓN 5.1830339% 204,668.49
PRESUPUESTO TOTAL S/ 4,153,484.87

El monto de supervisión de obra asciende a S/204,668.49 Soles (Doscientos Cuatro Mil Seiscientos Sesenta y Ocho con 49/100 Soles) incluido IGV.
Cuyo monto de presupuesto total asciende a la suma de S/4,153,484.87 (Cuatro Millones Ciento Cincuenta y Tres Mil Cuatrocientos Ochenta y Cuatro con 87/100 Soles) incluido el IGV.

ARTÍCULO 2°. - ESTABLECER que, sin perjuicio de la aprobación del Expediente Técnico indicado anteriormente, subsiste la responsabilidad de los profesionales que han elaborado y revisado dicho expediente técnico, con el visto bueno del Coordinador de la Unidad Funcional de Estudios – UFE de la DIGENIPAA. En consecuencia, que los errores, omisiones o transgresiones técnicas del mismo que no haya sido posible advertir al momento de su revisión, serán de responsabilidad de los especialistas que elaboraron los informes técnicos y del Coordinador de la referida Unidad Funcional.

ARTÍCULO 3°. - ENCARGAR a la Unidad Funcional de Infraestructura – UFI de la DIGENIPAA, la elaboración de los Términos de Referencia y/o Requerimientos Técnicos Mínimos necesarios para la ejecución del proyecto de saldo de obra; y, posteriormente derivarlos a la Oficina General de Administración para que proceda con la contratación correspondiente.

ARTÍCULO 4º. - DISPONER a la Unidad Funcional de Infraestructura – UFI de la DIGENIPAA a fin de que se incorpore y registre en el Invierte PE, la inversión objeto de la presente Resolución.

ARTICULO 5°. - REMITIR copia de la presente resolución a la Unidad Funcional de Estudios – de la DIGENIPAA, Jefatura y a la Gerencia General para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO 6º.- DISPONER que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.
Vista preliminar de documento RESOLUCION-000016-2025-DIGENIPAA

RESOLUCION-000016-2025-DIGENIPAA

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