Resolución de Gerencia General N.° GG_342025

5 de junio de 2025

Artículo 1.- Aprobar la intervención económica en el marco del Contrato N°025-2024-FONDEPES para la ejecución de la Obra: «Mejoramiento y Recuperación de los Servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Supe, distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, región Lima, con codigo unico de la inversion N° 2195496 », por haberse configurado la causal referida a “Si el monto de Ia valorización acumulada ejecutada es menor al ochenta por ciento (80%) del monto acumulado programado del nuevo calendario acelerado de avance de obra, conforme al numeral 203.5 del artículo 203 del Reglamento, siempre que Ia Entidad considere que es más favorable técnica y económicamente la intervención económica de Ia obra en vez de la resolución del contrato”, prevista en el literal b) del numeral 7.1.1. del artículo VII de la Directiva N°013-2019-OSCE/CD y establecida en el artículo 204 del Reglamento, de acuerdo con los fundamentos contenidos en el Informe N°091-2025-MAGC y el Informe N.º 000169-2025-FONDEPES/OGAJ, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución en calidad de anexos.

Artículo 2.- Designar como Interventora de la Obra a la Ing. Yemina Liliana Alvarado Guerrero, identificada con DNI N°42459556, quién en representación del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, será el responsable del manejo de la cuenta corriente mancomunada, conjuntamente con el representante designado por el contratista, conforme a las disposiciones de la Directiva N.º 013- 2019-OSCE/CD.

Artículo 3.- Establecer que el saldo de obra a ejecutar asciende a la suma de S/ 6,506,891.62 (seis millones quinientos seis mil ochocientos noventa y uno con 62/100 soles) incluido IGV y que la Entidad no cuenta con valorizaciones aprobadas pendientes de pago, de conformidad con los fundamentos contenidos en el Informe N°091-2025-MAGC.

Artículo 4.- Notificar al contratista PROYECTOS INDUSTRIALES JR S.A.C; la empresa CONSORCIO SUPERVISOR SUPE, encargado de la supervisión de la referida obra y la Ing. Yemina Liliana Alvarado Guerrero.

Artículo 5.- Notificar a la Oficina General de Administración, a la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola y a la Oficina General de Asesoría Jurídica.

Artículo 6.- Disponer que el Coordinador de la Unidad Funcional de Tecnología de la Información y Comunicación de la Oficina General de Administración, publique la presente Resolución en el Portal Web Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (www.fondepes.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la Entidad
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