Resolución Directoral Jefatural N.° DIGENIPAA_2025011
22 de abril de 2025
Artículo 1°.- DENEGAR la Ampliación de Plazo Nº02 presentada por el Contratista, “PROYECTOS INDUSTRIALES JR S.A.C”, a través de la Carta N°068-2025-GG-PIJRSAC de fecha 21 de marzo del 2025, en el marco del Contrato N° 025-2024-FONDEPES para la ejecución de la obra: Saldo de Obra “Mejoramiento y Recuperación de los Servicios del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Supe, Distrito de Supe Puerto, Provincia de Barranca, Región Lima”, CUI 2195496, por el plazo de ochenta y uno (81) días calendario; conforme a los fundamentos expuestos en el Informe N°000999-2025- FONDEPES/DIGENIPAA-UFI y el Informe N°077-2025-MAGC emitido por la Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA y el Informe Nº000120-2025- FONDEPES/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; los mismos que forman parte integrante de la presente resolución en calidad de documentos sustentatorios.
Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente resolución y sus documentos sustentatorios al contratista de obra y al supervisor de obra para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3º.- REMITIR copia de la presente resolución a la Jefatura del FONDEPES para su conocimiento, a la Oficina General de Administración para los fines pertinentes.
Artículo 4°.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Infraestructura de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuicola para los fines que correspondan.
Artículo 5°.- DISPONER que la presente resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.
Artículo 2º.- NOTIFICAR la presente resolución y sus documentos sustentatorios al contratista de obra y al supervisor de obra para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3º.- REMITIR copia de la presente resolución a la Jefatura del FONDEPES para su conocimiento, a la Oficina General de Administración para los fines pertinentes.
Artículo 4°.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Infraestructura de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuicola para los fines que correspondan.
Artículo 5°.- DISPONER que la presente resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.