Resolución Directoral Jefatural N.° DIGENIPAA_2025007
20 de marzo de 2025
Artículo 1º.- APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTODELEXPEDIENTE TÉCNICO DENOMINADO: SALDO DE OBRA 2: “MEJORAMIENTODELOS SERVICIOS DEL DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL ENLALOCALIDAD DE SAN JUAN DE MARCONA, DISTRITO DE MARCONA, PROVINCIADENAZCA, REGIÓN ICA” – CUI 2194959, cuyo nuevo monto es de: S/7,553,750.52 (Sietemillones quinientos cincuenta y tres mil setecientos cincuenta con 52/100 soles), incluido IGV, y un plazo de ejecución de ciento ochenta (180) días calendario, aprobadocon la Resolución N°000002-2025-FONDEPES/DIGENIPAA de fecha 17 de enero del 2025, cuyo sustento se encuentra en los tomos y folios que se detallan en el Anexo N°01, deconformidad con el Informe N°000578-2025-FONDEPES/DIGENIPAA-UFE, emitido por laUnidad Funcional de Estudios de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal yAcuícola y que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2°- MANTENGASE vigente el resto del contenido del Expediente TécnicodeObra denominado: “Saldo de Obra 2: Mejoramiento de los Servicios del DesembarcaderoPesquero artesanal en la Localidad de San Juan de Marcona, Distrito de Marcona, Provincia de Nazca, Región Ica”, con CUI 2194959, aprobado mediante ResoluciónN°000002-2025-FONDEPES/DIGENIPAA, salvo los cambios aprobados en el presentedocumento.
Artículo 3°.- ESTABLECER que, sin perjuicio de la aprobación de la modificación del presupuesto del Expediente Técnico del Saldo de Obra indicado anteriormente, subsistelaresponsabilidad de los profesionales que han elaborado y revisado dicho expediente, así como del Coordinador de la Unidad Funcional de Estudios - UFE de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola. En consecuencia, no se convalida losdesajustes, errores u omisiones de carácter técnico que son de su exclusivaresponsabilidad.
Artículo 4°. - REMITIR copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Estudios y a la Unidad Funcional de Infraestructura de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola para los fines que correspondan.
Artículo 5º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.
Artículo 2°- MANTENGASE vigente el resto del contenido del Expediente TécnicodeObra denominado: “Saldo de Obra 2: Mejoramiento de los Servicios del DesembarcaderoPesquero artesanal en la Localidad de San Juan de Marcona, Distrito de Marcona, Provincia de Nazca, Región Ica”, con CUI 2194959, aprobado mediante ResoluciónN°000002-2025-FONDEPES/DIGENIPAA, salvo los cambios aprobados en el presentedocumento.
Artículo 3°.- ESTABLECER que, sin perjuicio de la aprobación de la modificación del presupuesto del Expediente Técnico del Saldo de Obra indicado anteriormente, subsistelaresponsabilidad de los profesionales que han elaborado y revisado dicho expediente, así como del Coordinador de la Unidad Funcional de Estudios - UFE de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola. En consecuencia, no se convalida losdesajustes, errores u omisiones de carácter técnico que son de su exclusivaresponsabilidad.
Artículo 4°. - REMITIR copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Estudios y a la Unidad Funcional de Infraestructura de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola para los fines que correspondan.
Artículo 5º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.