Resolución de la Oficina de Administración N.° OGA_2025044
25 de febrero de 2025
Artículo 1º. APROBAR el Castigo Contable Indirecto al crédito otorgado al GREMIO DE PESCADORES ARTESANALES DEL PUERTO DE SAN PEDRO - TALARA, con código de operación DI-0045 en moneda extranjera, por el capital de US$ 46,882.21 (cuarenta y seis mil ochocientos ochenta y dos con 21/100 Dólares Americanos) el cual, se encuentra calificado en la Evaluación y Clasificación de la Cartera de Créditos del FONDEPES al 31 de diciembre del 2024 como Pérdida y se encuentra al 100% provisionado contablemente, teniendo en cuenta que por más de un (01) año no se ha realizado pago alguno, contados a partir de su exigibilidad; cumpliendo con los requisitos mínimos exigibles para su procedimiento de Castigo Contable Indirecto, en conformidad al “Reglamento de Gestión de Créditos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - REG-002-FONDEPES-V.04”.
Artículo 2º. DISPONER que la Coordinación de la Unidad Funcional de Gestión Financiera realice el registro contable correspondiente en el Sistema de Integrado de Administración Financiera – SIAF-SP, para que se reflejen en los estados financieros del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES.
Artículo 3°. PONER en conocimiento a la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola, a la Procuraduría Pública del FONDEPES, a la Unidad Funcional de Gestión de Cartera, a la Unidad Funcional de Gestión Financiera de la Oficina General de Administración, el contenido y alcances de la presente resolución.
Artículo 4°. DISPONER que la Coordinación de la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Oficina General de Administración, realice la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional y de Transparencia del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES (www.fondepes.gob.pe).
Artículo 2º. DISPONER que la Coordinación de la Unidad Funcional de Gestión Financiera realice el registro contable correspondiente en el Sistema de Integrado de Administración Financiera – SIAF-SP, para que se reflejen en los estados financieros del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES.
Artículo 3°. PONER en conocimiento a la Dirección General de Proyectos y Gestión Financiera para el Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola, a la Procuraduría Pública del FONDEPES, a la Unidad Funcional de Gestión de Cartera, a la Unidad Funcional de Gestión Financiera de la Oficina General de Administración, el contenido y alcances de la presente resolución.
Artículo 4°. DISPONER que la Coordinación de la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Oficina General de Administración, realice la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional y de Transparencia del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES (www.fondepes.gob.pe).