Resolución de la Oficina de Administración N.° OGA_2025026
3 de febrero de 2025
ARTICULO 1°. – Autorizar la Apertura de los Fondos de Caja Chica, por la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios”, para los Centro de Acuicultura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle:
Item Apellidos y Nombres Centro de Acuicultura Meta RO-00 TOTAL
1 Oswaldo Eliseo Mayta Castellanos La Arena Ancash 0023 8,500.00
2 Amed Yuti Ramos Chambe Nuevo Horizonte Loreto 0024 8,500.00
3 Adderlin Zapata Flores Piura Piura 0025 5,500.00
Virrila Virrila 0026 3,000.00
4 Odalis Maribel Morales Olin Morro Sama Tacna 0027 8,500.00
5 Flavio Miguel Saldarriaga Saldarriaga Tuna Carranza Tumbes 0028 8,500.00
TOTAL 42,500.00
ARTÍCULO 2°. – El monto máximo de cada desembolso será hasta por la suma de 700.00 (Setecientos y 00/100 Soles). El monto antes enunciado es para atender gastos menores y urgentes, se realizan de acuerdo a lo dispuesto en la DIR- 001- FONDEPES-V.01, Directiva para la Administración del Fondo de Caja Chica 2024 en el Fondo Nacional e Desarrollo Pesquero; debiendo tener la autorización del responsable del Centro.
ARTÍCULO 3 °. - Las facturas, boletas de venta, y/o comprobantes que se presenten como sustento de los gastos incurridos, deberán tener el visado del jefe del área quien solicitó dicho egreso, así como del responsable del Centro.
ARTÍCULO 4°. - La persona encargada del manejo del “Fondo de Caja Chica” deberá rendir cuenta documentada de la utilización de dicho Fondo, por lo menos de la penúltima entrega, con el fin de que pueda recibir nuevos fondos en efectivo.
ARTICULO 5º.- Notificar la presente Resolución a la Unidad Funcional de Gestión Financiera, al Tesorero y a los responsables de los Fondos de Caja Chica señalados en el artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 7°. - Encargar a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional.
Item Apellidos y Nombres Centro de Acuicultura Meta RO-00 TOTAL
1 Oswaldo Eliseo Mayta Castellanos La Arena Ancash 0023 8,500.00
2 Amed Yuti Ramos Chambe Nuevo Horizonte Loreto 0024 8,500.00
3 Adderlin Zapata Flores Piura Piura 0025 5,500.00
Virrila Virrila 0026 3,000.00
4 Odalis Maribel Morales Olin Morro Sama Tacna 0027 8,500.00
5 Flavio Miguel Saldarriaga Saldarriaga Tuna Carranza Tumbes 0028 8,500.00
TOTAL 42,500.00
ARTÍCULO 2°. – El monto máximo de cada desembolso será hasta por la suma de 700.00 (Setecientos y 00/100 Soles). El monto antes enunciado es para atender gastos menores y urgentes, se realizan de acuerdo a lo dispuesto en la DIR- 001- FONDEPES-V.01, Directiva para la Administración del Fondo de Caja Chica 2024 en el Fondo Nacional e Desarrollo Pesquero; debiendo tener la autorización del responsable del Centro.
ARTÍCULO 3 °. - Las facturas, boletas de venta, y/o comprobantes que se presenten como sustento de los gastos incurridos, deberán tener el visado del jefe del área quien solicitó dicho egreso, así como del responsable del Centro.
ARTÍCULO 4°. - La persona encargada del manejo del “Fondo de Caja Chica” deberá rendir cuenta documentada de la utilización de dicho Fondo, por lo menos de la penúltima entrega, con el fin de que pueda recibir nuevos fondos en efectivo.
ARTICULO 5º.- Notificar la presente Resolución a la Unidad Funcional de Gestión Financiera, al Tesorero y a los responsables de los Fondos de Caja Chica señalados en el artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 7°. - Encargar a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional.