Resolución Jefatural N.° J_2025005

9 de enero de 2025

Artículo 1.- Modificar los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 7 de la Resolución Jefatural N° 081- 2024-FONDEPES/J de fecha 12 de noviembre de 2024, conforme a lo siguiente:

“Artículo 1.- Conformar el Equipo de Trabajo encargado de liderar el proceso de adopción de BIM en el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, en adelante, Equipo Líder BIM, el cual está integrado por los siguientes miembros:

a) El/la Jefe/a del FONDEPES, quien lo preside.
b) El/la directora/a de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola- DIGENIPAA.
c) El/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Estudios de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola- DIGENIPAA.
d) El/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Infraestructura de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola- DIGENIPAA.
e) El/la director/a de la Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura-DIGECADETA.
f) El/la director/a de la Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Pesca Artesanal-DIGECADEPA.
g) El/la Jefe/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
h) El/la Jefe/a de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
i) El/la Jefe/a de la Oficina General de Administración.
j) El/la Jefe/a de la Unidad Funcional de Abastecimiento de la Oficina General de Administración
k) El/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Tecnología de la Información y Comunicación de la Oficina General de Administración.
l) El/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración.
m) El/la Coordinador/a de la Unidad Funcional de Comunicación Estratégica de la Jefatural.

Los/as miembros titulares del Equipo Líder BIM designan a sus representantes alterno/as, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de la emisión de la presente resolución.

Artículo 2.- El Equipo Líder BIM tiene las siguientes funciones:
a) Proponer, aprobar y controlar el cronograma de trabajo inicial y sus modificatorias.
b) Realizar el diagnóstico situacional para la adopción de BIM en la organización.
c) Gestionar los riesgos sobre la adopción de BIM.
d) Proponer el alcance y objetivos de la adopción de BIM.
e) Formular y proponer el Plan de implementación de BIM, alineado con lo establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
f) Recopilar lecciones aprendidas y buenas prácticas sobre la adopción de BIM.
g) Participar en reuniones de trabajo con la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas.
h) Gestionar la incorporación de cambios en los documentos normativos internos de la organización, necesarios para la adopción de BIM.
i) Supervisar y revisar el cumplimiento del Plan de implementación de BIM, para evaluar su planteamiento técnico, eficacia y alineación continua con la planificación estratégica de la organización.

Artículo 3.- Disponer que la Secretaría Técnica del Equipo Líder BIM estará a cargo de la Coordinación de la Unidad Funcional de Estudios, quien a su vez definirá a un representante alterno en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles y lo comunicará la titular de la entidad mediante documento formal.

Artículo 4.- La Secretaría Técnica tiene las siguientes funciones:

a) Proponer al Equipo Líder BIM las acciones y plazos para realizar el diagnóstico situacional para la adopción de BIM, identificar, analizar, evaluar y planificar el tratamiento de riesgos sobre la adopción de BIM, definir el alcance y objetivos de la adopción de BIM y formular el Plan de implementación de BIM.
b) Realizar seguimiento a la ejecución del Plan de implementación de BIM.
c) Monitorear y reportar periódicamente al Equipo Líder BIM los indicadores establecidos en el Plan de implementación de BIM, los resultados del monitoreo de los indicadores y del seguimiento a la ejecución del Plan de implementación de BIM, y las acciones necesarias para corregir y prevenir desviaciones identificadas, aprovechar oportunidades y realizar una adecuada ejecución del Plan de implementación de BIM, así como de la aplicación progresiva de BIM en el desarrollo de inversiones.
d) Proponer anualmente al Equipo Líder BIM la ampliación del alcance de la adopción de BIM de acuerdo al criterio de progresividad.
e) Convocar a reuniones periódicas de trabajo con la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas para retroalimentar el proceso de adopción progresiva de BIM.
f) Reportar periódicamente a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas los avances sobre la adopción de BIM.
g) Elaborar las actas de las sesiones.
h) Organizar y custodiar el archivo documentario del Equipo Líder BIM.
i) Brindar asistencia administrativa al Equipo Líder BIM.
j) Convocar a las sesiones ordinarias o extraordinarias mediante comunicaciones virtuales y/o escritas, por encargo, del/de la Presidente/a del Equipo Líder BIM.
k) Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de las funciones del Equipo Líder BIM

Artículo 5.- Disponer que, para el cumplimiento de sus funciones, el Equipo Líder BIM realice, como mínimo, dos sesiones mensuales, con un quorum mínimo de la mitad de los miembros más uno, para lo cual deberá elaborar y suscribir, en cada una de ellas, las actas correspondientes, las cuales deberán contener los temas tratados, miembros que participaron, acuerdos y avances, en el marco del encargo asignado.

Artículo 7.- Disponer que, todos los órganos y unidades orgánicas del FONDEPES brinden al Equipo Líder BIM, en el marco de sus competencias, el soporte necesario para la adopción progresiva de BIM en las fases del Ciclo de Inversión a cargo de la organización, bajo responsabilidad.”

Artículo 2.- El Equipo Líder BIM se instala en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la emisión de la presente resolución.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución, a los miembros del Equipo Líder BIM, así como, a todos los órganos y unidades orgánicas del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero para conocimiento y fines correspondientes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia de la entidad (www.fondepes.gob.pe).
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RESOLUCION JEFATURAL-000005-2025-J

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