Resolución Directoral Jefatural N.° DIGENIPAA_2024028
27 de diciembre de 2024
Artículo 1º.- APROBAR el Expediente Técnico de la IOARR denominado: “REMODELACIÓN DE ÁREA DE TAREAS PREVIAS AL DESPACHO, AMBIENTE ADMINISTRATIVO, MUELLE Y SISTEMA DE SUMINISTRO ELÉCTRICO; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL PARACHIQUE, DISTRITO DE SECHURA, PROVINCIA SECHURA, DEPARTAMENTO PIURA” CON CUI N°2556268, el cual asciende a la suma de S/ 4´705,892.05 (Cuatro millones setecientos cinco mil ochocientos noventa y dos con 05/100 soles), incluido I.G.V., actualizado al mes de diciembre del 2024 y un plazo de ejecución de obra de ciento cincuenta (150) días calendarios, de conformidad con el Informe N°3343-FONDEPES/DIGENIPAA-UFE, de la Unidad Funcional de Estudios de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola.
Artículo 2°. - Encargar a la Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA, la elaboración de los Términos de Referencia y/o Requerimientos Técnicos Mínimos necesarios para la ejecución del proyecto para que posteriormente sean derivados a la Oficina General de Administración a fin de que proceda con la contratación correspondiente, conforme al marco normativo vigente.
Artículo 3º.- La Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA, deberá disponer lo necesario a fin de que se incorpore y registre en el Invierte PE la inversión objeto de la presente Resolución.
Artículo 4°. - Remitir copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Estudios y a la Unidad Funcional de Infraestructura para los fines que correspondan.
Artículo 5º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.
Artículo 2°. - Encargar a la Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA, la elaboración de los Términos de Referencia y/o Requerimientos Técnicos Mínimos necesarios para la ejecución del proyecto para que posteriormente sean derivados a la Oficina General de Administración a fin de que proceda con la contratación correspondiente, conforme al marco normativo vigente.
Artículo 3º.- La Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA, deberá disponer lo necesario a fin de que se incorpore y registre en el Invierte PE la inversión objeto de la presente Resolución.
Artículo 4°. - Remitir copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Estudios y a la Unidad Funcional de Infraestructura para los fines que correspondan.
Artículo 5º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.