Resolución Directoral Jefatural N.° DIGENIPAA_2024020
18 de setiembre de 2024
Artículo 1º.- Aprobar la actualización del presupuesto del Expediente Técnico del proyecto denominado: MEJORA DEL SISTEMA ELÉCTRICO DE LAS ELECTROBOMBAS DE CAPTACIÓN; ALUMBRADO DEL CABEZO, ALUMBRADO DE PLATAFORMA BAJA; Y PESCANTE DEL CABEZO DEL MUELLE; PARA EL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PESQUERA PARA CONSUMO HUMANO DIRECTO DE SAN JOSÉ, DISTRITO DE SAN JOSÉ, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, REGIÓN LAMBAYEQUE”, CON CUI N° 2177135, el cual asciende a la suma de S/. 795,036.43 (Setecientos noventa y cinco mil treinta y seis con 43/100 Soles), incluido I.G.V., actualizado al mes de setiembre del 2024 y un plazo de ejecución de obra de sesenta (60) días calendarios, de conformidad con el Informe N° 002102-2024/FONDEPES/DIGENIPAA-UFE, de la Unidad Funcional de Estudios de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola.
Artículo 2°. - Encargar a la Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA, la elaboración de los Términos de Referencia y/o Requerimientos Técnicos Mínimos necesarios para la ejecución del proyecto para que posteriormente sean derivados a la Oficina General de Administración a fin de que proceda con la contratación correspondiente, conforme al marco normativo vigente.
Artículo 3º.- La Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA, deberá disponer lo necesario a fin de que se incorpore y registre en el Invierte PE la inversión objeto de la presente Resolución.
Artículo 4°. - Remitir copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Estudios y a la Unidad Funcional de Infraestructura para los fines que correspondan. Artículo 5º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.
Artículo 2°. - Encargar a la Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA, la elaboración de los Términos de Referencia y/o Requerimientos Técnicos Mínimos necesarios para la ejecución del proyecto para que posteriormente sean derivados a la Oficina General de Administración a fin de que proceda con la contratación correspondiente, conforme al marco normativo vigente.
Artículo 3º.- La Unidad Funcional de Infraestructura de la DIGENIPAA, deberá disponer lo necesario a fin de que se incorpore y registre en el Invierte PE la inversión objeto de la presente Resolución.
Artículo 4°. - Remitir copia de la presente Resolución a la Unidad Funcional de Estudios y a la Unidad Funcional de Infraestructura para los fines que correspondan. Artículo 5º.- Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Entidad.