Resolución Jefatural N.° J_2024010

Resolución Jefatural N° 2024-010-FONDEPES/J

29 de febrero de 2024

Artículo 1. – Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 192-2011-FONDEPES/J, de fecha 25 de julio de 2011, modificada mediante la Resolución Jefatural N° 34-2014-FONDEPES/J, de fecha 31 de enero de 2014, y la Resolución Jefatural N° 200-2016-FONDEPES/J, de fecha 24 de mayo de 2016.

Artículo 2.- Conformar el Comité Evaluador de Documentos - CED del FONDEPES, el mismo que a partir de la emisión de la presente resolución queda integrado de la siguiente manera:

1. El/La Gerente/a General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero o su representante, quien asume la presidencia.
2. El/La Jefe/a de la Oficina General de Administración o su representante, quien asume la secretaría técnica.
3. El/La Jefe/a de la Oficina General de Asesoría Jurídica o su representante, en calidad de miembro.
4. El/La Jefe/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto o su representante, de corresponder, en calidad de miembro.
5. El/La Coordinador/a de la Unidad Funcional de Tecnología de la Información y Comunicación o su representante, de corresponder, en calidad de miembro.
6. El/La responsable del Archivo Central o Archivo desconcentrado, o su representante, de corresponder, en calidad de miembro.
7. El/la titular o representante de la unidad de organización, responsable de los documentos a evaluar, de corresponder, en calidad de miembro

Artículo 3°.- Disponer, que el Comité Evaluador de Documentos - CED del FONDEPES debe ejercer las funciones establecidas en el numeral 8.5.6 de la Directiva N° 001-2023- AGN/DDPA denominada "Norma de Administración de Archivos en las Entidades Públicas”.

Artículo 4°.- Disponer, que los órganos señalados en el artículo 2 de la presente resolución, comuniquen a la Oficina General de Administración, los nombres y apellidos completos de sus representantes, en el plazo máximo de tres (03) días hábiles contados a partir de la emisión de la presente resolución.

Artículo 5°.- Disponer, que el citado Comité debe instalarse en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la emisión de la presente Resolución.

Artículo 6°.- Disponer, que la Oficina General de Administración remita copia de la presente Resolución, al Archivo General de la Nación (AGN).

Artículo 7°.- Notificar la presente Resolución a los órganos y dependencia que conforman el Comité Evaluador de Documentos.

Artículo 8°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero y en el Portal de Transparencia de la Entidad.
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RESOLUCION JEFATURAL-000010-2024-J

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