Resolución de Gerencia General N.° GG_742023

RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL N° 74-2023-FONDEPES/GG

12 de diciembre de 2023

Artículo 1. – Modificar los artículos 2, 3 y 4 de la Resolución de Gerencia General N° 030-2021-FONDEPES/GG, del 19 de mayo de 2021 quedando redactados de la siguiente manera:

“Artículo 2°. - La Unidad Funcional de Planeamiento Estratégico de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tendrá a cargo las siguientes funciones:

a) Conducir el proceso de formulación de los instrumentos de planeamiento estratégico y operativo institucional considerando el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Producción y las políticas de Estado, de Gobierno y nacionales, a las unidades de organización de la entidad, para proponerlos a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
b) Conducir el proceso de seguimiento y evaluación de los instrumentos de planeamiento institucional, para presentarlos a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
c) Conducir y desarrollar el proceso de generación y análisis de la información estadística institucional en coordinación con las unidades de organización de la entidad.
d) Elaborar y proponer productos estadísticos de interés institucional en coordinación con las unidades de organización de la entidad.
e) Elaborar y proponer instrumentos y metodologías para el seguimiento, monitoreo y evaluación de los resultados de implementación de los servicios de la entidad.
f) Proponer a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la memoria anual y los informes de gestión institucional.
g) Participar, en coordinación con las unidades de organización de la entidad, en la formulación de metas físicas para la programación multianual presupuestaria y formulación presupuestaria anual institucional, en el marco de la normatividad vigente.
h) Elaborar propuestas de planes, documentos normativos y de trabajo en el ámbito institucional relacionados a la implementación del Sistema Administrativo de Planeamiento Estratégico
i) Elaborar informes de opinión técnica en el ámbito de su competencia.
j) Asesorar y asistir técnicamente a las unidades de organización de la entidad, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.
k) Asesorar y asistir técnicamente a las unidades de organización de la entidad, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.
l) Las demás funciones que le asigne la jefatura de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el marco de sus competencias.

Artículo 3°. - La Unidad Funcional de Presupuesto Público de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tendrá a cargo las siguientes funciones:

a) Brindar asistencia técnica y coordinar con las unidades de organización de la entidad la programación multianual presupuestaria y formulación presupuestaria anual institucional, en el marco de la normatividad vigente.
b) Analizar y consolidar la información del proceso y la gestión de la formulación presupuestaria, realizar el seguimiento de la ejecución presupuestal del pliego institucional, elaborando proyecciones de gastos y de avance de metas financieras, para la toma de decisiones.
c) Elaborar la propuesta de desagregación del Presupuesto Institucional Anual (PIA) y del dispositivo correspondiente y proponerlo ante la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto para su aprobación.
d) Elaborar informes de disponibilidad presupuestal o documentos equivalentes a solicitud de las unidades de organización.
e) Evaluar y aprobar los Certificados de Crédito Presupuestal, en el marco del presupuesto institucional asignado.
f) Gestionar y brindar asistencia técnica a los órganos de la entidad, según corresponda para la elaboración de notas modificatorias presupuestales en el nivel funcional programático y en el nivel funcional institucional para su posterior aprobación.
g) Gestionar y brindar asistencia técnica a los órganos de la entidad, según corresponda para la elaboración de notas modificatorias presupuestales en el nivel funcional programático y en el nivel funcional institucional que requieran opinión favorable de la OPMI, así como las incorporaciones no previstas en el PMI, para su posterior aprobación.
h) Evaluar el resultado de la ejecución presupuestal, en el marco de las normas vigentes.
i) Preparar la información para la conciliación del marco legal y ejecución del presupuesto interna y externa en coordinación con la Oficina General de Administración en el marco de las disposiciones emitidas por los órganos competentes
j) Elaborar informes para gestionar la incorporación de inversiones de la entidad propuestas por la UEI, en el Plan Multianual de Inversiones del Sector.
k) Elaborar propuestas de documentos normativos y de trabajo en el ámbito institucional relacionados a la implementación del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
l) Elaborar informes de opinión técnica en el ámbito de su competencia.
m) Asesorar y asistir técnicamente a las unidades de organización, en el marco del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público y del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
n) Coordinar con otros órganos o dependencias de la entidad, así como con otras entidades para el ejercicio de sus funciones.
o) Las demás funciones que le asigne la jefatura de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el marco de sus competencias.

Artículo 4°. - La Unidad Funcional de Modernización de la Gestión Pública de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tendrá a cargo las siguientes funciones:”

a) Brindar asistencia técnica y evaluar las propuestas de documentos de gestión y documentos normativos remitidos por las unidades de organización de la entidad y en el ámbito de su competencia.
b) Elaborar propuestas de documentos en materia de organización y documentos relacionados a la implementación del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública y otras materias, según corresponda.
c) Coordinar la implementación de los Sistemas de Gestión Institucional de la entidad.
d) Promover y conducir la implementación de la gestión por procesos, simplificación administrativa, gestión de la calidad y demás materias comprendidas en el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública.
e) Brindar asistencia técnica en materia de cooperación técnica internacional a los órganos de línea para el cumplimiento de los fines institucionales, en coordinación la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales del Ministerio de la Producción o la que haga sus veces.
f) Evaluar y elaborar las propuestas de Convenios de Cooperación Interinstitucional, en coordinación con las unidades de organización de la entidad, el Sector y otras entidades, de corresponder
g) Efectuar el seguimiento a la vigencia y ejecución de convenios de cooperación interinstitucional en coordinación con las unidades de organización de la entidad, e informar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
h) Coordinar e implementar las acciones vinculadas al proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo a las normas y lineamientos técnicos sobre la materia.
i) Elaborar informes de opinión técnica en la materia y ámbito de su competencia.
j) Asesorar y asistir técnicamente a las unidades de organización de la entidad, en el marco del Sistema Nacional de Modernización de la Gestión Pública.
k) Coordinar con otros órganos o dependencias de la entidad, así como con otras entidades para el ejercicio de sus funciones.
l) Las demás funciones que le asigne la jefatura de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el marco de sus competencias”.

Artículo 2.- Disponer que el Coordinador de Tecnología de la Información y Comunicación publique la presente Resolución en el ítem “Planeamiento y Organización” del Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Web Institucional de la Entidad.
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