Resolución Jefatural N.° J_2023115
Resolución Jefatural N° 2023-115-FONDEPES/J
30 de octubre de 2023
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 409 651,00 (CUATROCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a financiar las acciones de control concurrente a cargo de la Contraloría General de la República conforme a lo dispuesto por la Ley N° 31358 “Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente” en las inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, para el proyecto “MEJORAMIENTO Y ADECUACION A LA NORMA SANITARIA VIGENTE DEL DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL PAITA, DISTRITO Y PROVINCIA DE PAITA, REGION PIURA” con CUI 2160312. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional 2023 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora 001: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y Específica del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL” para el proyecto con CUI 2160312. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Transferencia La Oficina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero dispone las acciones administrativas correspondientes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente resolución se publica en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (https://www.fondepes.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Transferencia La Oficina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero dispone las acciones administrativas correspondientes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente resolución se publica en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (https://www.fondepes.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano.