Resolución de la Oficina de Administración N.° OGA_2023092
Resolución de la Oficina de Administración N° 2023-092-FONDEPES/OGA
31 de agosto de 2023
Artículo 1º.- APROBAR, la baja de dos (02) bienes muebles patrimoniales por la causal de Mantenimiento o reparación onerosa de los registros patrimoniales y contables del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, cuya información patrimonial – contable se adjunta al Anexo N° 01, de la presente resolución.
Artículo 2º.- AUTORIZAR, el retiro del valor registrado en libros de los referidos bienes, a la Unidad Funcional de Gestión Financiera y a Control Patrimonial, respectivamente, a fin de efectuar los actos administrativos de acuerdo a sus competencias y normatividad vigente.
Artículo 3º.- DISPONER, que Control Patrimonial de la Unidad Funcional de Abastecimiento, efectúe el registro de los actos aprobados mediante el artículo primero de la presente Resolución en el Módulo de Patrimonio del SIGA MEF y/o en el SINABIP, según corresponda, dentro de los plazos establecidos por la Directiva y a los requisitos establecidos en la normatividad vigente y dentro del plazo legal.
Artículo 4º.- NOTIFICAR, la presente resolución a la Unidad Funcional de Gestión Financiera y a Control Patrimonial, para conocimiento y fines de Ley.
Artículo 5º.- ENCARGAR, a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Oficina General de Administración, la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la entidad (www.fondepes.gob.pe).
Artículo 2º.- AUTORIZAR, el retiro del valor registrado en libros de los referidos bienes, a la Unidad Funcional de Gestión Financiera y a Control Patrimonial, respectivamente, a fin de efectuar los actos administrativos de acuerdo a sus competencias y normatividad vigente.
Artículo 3º.- DISPONER, que Control Patrimonial de la Unidad Funcional de Abastecimiento, efectúe el registro de los actos aprobados mediante el artículo primero de la presente Resolución en el Módulo de Patrimonio del SIGA MEF y/o en el SINABIP, según corresponda, dentro de los plazos establecidos por la Directiva y a los requisitos establecidos en la normatividad vigente y dentro del plazo legal.
Artículo 4º.- NOTIFICAR, la presente resolución a la Unidad Funcional de Gestión Financiera y a Control Patrimonial, para conocimiento y fines de Ley.
Artículo 5º.- ENCARGAR, a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Oficina General de Administración, la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la entidad (www.fondepes.gob.pe).