Resolución Jefatural N.° J_2023078

Resolución Jefatural N° 2023-078-FONDEPES/J

20 de junio de 2023

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 52 109,00 (CINCUENTAY DOS MIL CIENTO NUEVE Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero a favor del pliego 019: Contraloría General de la República , destinada a financiar el pago del cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas, para la designación de una Sociedad de Auditoría mediante Concurso Público de Méritos que se encargue de realizar una auditoría financiera por el periodo 2023 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

Artículo 2.- Financiamiento Disponer que la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural se atienda con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Unidad Ejecutora: 001. Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Categoría Presupuestal: 9001. Acciones Centrales, Producto/Proyecto: 3999999. Sin Producto, Actividad: 5000003. Gestión Administrativa, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto: 2.4.1.3.1.1. A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Acciones administrativas Disponer que la Oficina General de Administración efectúe las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presenta transferencia financiera, incluyendo la comunicación a la Contraloría General de la República de las acciones adoptadas.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Disponer que los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional, en el Portalde Transparencia Estándar de la Entidad y en el Diario Oficial El Peruano.
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RJ. 078-2023-FONDEPES-J

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