Resolución de Gerencia General N.° GG_2023022

23 de marzo de 2023

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Gerencia General N° 44-2022-FONDEPES/GG, que aprobó la conformación de la Unidad Funcional de Formulación y Evaluación de Proyectos, la Unidad Funcional de Estudios de Ingeniería, la Unidad Funcional de Infraestructura, la Unidad Funcional de Liquidación y Transferencia de Proyectos, y la Unidad Funcional de Gestión de Inversiones, dependientes jerárquicamente de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola.

Artículo 2.- Dar por concluida la asignación de funciones de los Coordinadores a cargo de las Unidades Funcionales, efectuadas mediante Resoluciones de Gerencia General N° 44-2022-FONDEPES/GG, N° 68-2022-FONDEPES/GG, N° 77-2022-FONDEPES/GG y N° 17-2023-FONDEPES/GG.

Artículo 3.- Formalizar la conformación de la Unidad Funcional de Estudios y la Unidad Funcional de Infraestructura, dependientes jerárquicamente de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola.

Artículo 4.- La Unidad Funcional de Estudios (UFE) de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, tiene a cargo las siguientes funciones:           

 

  1. Formular y/o actualizar los estudios de preinversión y/o fichas técnicas de las inversiones a cargo del FONDEPES, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
  2. Evaluar los estudios de preinversión y proponer la declaratoria de viabilidad de los proyectos de inversión.
  3. Elaborar diagnósticos y estudios respecto a las infraestructuras pesqueras artesanales y acuícolas, así como, a otros activos estratégicos de la entidad.
  4. Proponer criterios para la identificación y priorización de las inversiones.
  5. Elaborar los términos de referencia y documentación necesaria para los procesos de contrataciones de servicios para la formulación, evaluación y elaboración de los expedientes técnicos y documentos equivalentes, de los proyectos de inversión e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR) referentes a la infraestructura pesquera artesanal y los activos estratégicos de la entidad.
  6. Gestionar y/o participar, en coordinación con la Oficina General de Administración, en las actividades de los procedimientos de selección, suscripción de contrato y la ejecución contractual de la formulación o elaboración de expedientes técnicos de los proyectos de inversión pública e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR), según corresponda.
  7. Verificar que se cuente con el saneamiento físico legal y/o los arreglos institucionales de los terrenos respectivos durante la elaboración, revisión, y/o actualización de los estudios de preinversión y/o fichas técnicas de los proyectos y/o programas de inversión, de corresponder.
  8. Custodiar las fichas técnicas y los estudios de pre inversión, conforme a la normativa vigente.
  9. Coordinar con la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la información de la entidad para el Programa Multianual de Inversiones.
  10. Gestionar la obtención y/o regularización de permisos, licencias y autorizaciones ante las autoridades competentes.
  11. Proponer la aprobación de los expedientes técnicos y los documentos equivalentes de los proyectos de inversión pública e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR) referentes a la infraestructura pesquera artesanal y los activos estratégicos de la entidad.
  12. Proponer a la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola los instrumentos y/o documentos normativos en materia de formulación y evaluación de proyectos, expedientes técnicos y estudios definitivos.
  13. Consolidar y remitir información sobre los estudios de pre inversión y/o fichas técnicas de los proyectos e inversiones y expedientes técnicos o documentos equivalentes para el registro y actualización en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
  14. Brindar asesoramiento, orientación y emitir opinión técnica en materia de formulación y evaluación de inversiones, expedientes técnicos y estudios definitivos, de acuerdo a la normativa vigente. 
  15. Realizar otras funciones delegadas por el/la director/a de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola.
Artículo 5.- La Unidad Funcional de Infraestructura (UFI) de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, tiene a cargo las siguientes funciones:

a)  Gestionar la ejecución de los proyectos de inversión pública referentes a la infraestructura pesquera artesanal y los activos estratégicos de la entidad, de acuerdo al expediente técnico aprobado.

b)  Elaborar los términos de referencia y documentación necesaria para los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras para la ejecución de los proyectos de inversión e las inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR).

c)  Gestionar y/o participar, en coordinación con la Oficina General de Administración, en las actividades de los procedimientos de selección, suscripción de contrato y la ejecución contractual de los proyectos de inversión pública e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR), según corresponda.

d)  Monitorear el avance de la ejecución física de las obras, verificando los parámetros previstos en los expedientes técnicos o documentos equivalentes.

e)  Efectuar la recepción de los proyectos de inversión pública y de las inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR) ejecutados por la entidad, en el marco de la normatividad vigente.

f)   Evaluar y desarrollar acciones orientadas a obtener la habilitación sanitaria de las infraestructuras pesqueras artesanales.

g)  Efectuar la liquidación física y financiera de los proyectos de inversión pública e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR) ejecutados.

h)  Coordinar y gestionar el proceso de transferencia de los proyectos de inversión pública y las inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR), ejecutadas por la institución hacia la entidad responsable de la operación y mantenimiento.

i)   Elaborar el inventario físico valorizado de los proyectos de inversión pública e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR) ejecutados.

j)   Gestionar la obtención de permisos, licencias y autorizaciones que sean requeridos durante el desarrollo de la ejecución de obras.

k)  Gestionar el registro del cierre de las inversiones públicas en el Banco de Inversiones, en el marco de la normativa vigente.

l)   Coordinar y ejecutar las obligaciones que se derivan de los convenios de administración de los Desembarcaderos Pesqueros Artesanales referidas al uso, mantenimiento y conservación de las infraestructuras pesqueras artesanales.

m) Proponer a la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola los instrumentos y/o documentos normativos en materia de ejecución, liquidación y transferencia de proyectos de inversión pública e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR).

n)  Brindar asesoramiento, orientación y emitir opinión técnica en materia de ejecución, liquidación y transferencia de proyectos de inversión pública e inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR), de acuerdo a la normativa vigente.

o)  Realizar otras funciones delegadas por el/la director/a de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola.

Artículo 6.- Asignar como Coordinador de la Unidad Funcional de Estudios al servidor designado o encargado en el cargo de Coordinador(a) de Estudios de Ingeniería.

Artículo 7.- Asignar como Coordinador de la Unidad Funcional de Infraestructura al servidor designado o encargado en el cargo de Coordinador(a) de Ejecución de Proyectos.

Articulo 8.- Notificar la presente Resolución a los órganos del FONDEPES y a los Coordinadores indicados en los artículos 6 y 7 de la presente Resolución, para los fines pertinentes.

Artículo 9.- Disponer que el Coordinador de la Unidad Funcional de Tecnología de la Información y Comunicación, publique la presente Resolución en el ítem “Planeamiento y Organización” del Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Web Institucional de la Entidad.

Documentos

Vista preliminar de documento Resolución de Gerencia General N° 2022-022-FONDEPES

Resolución de Gerencia General N° 2022-022-FONDEPES

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